• 2026-10-15 12:00:00
    General

    El Real Decreto 1829/1999 y la Ley 43/2010 del Servicio Postal Universal regulan que es obligación de los propietarios e inquilinos disponer de casilleros postales normalizados para la correcta entrega de las cartas.
    La normativa vigente faculta a los operadores postales (como Correos) a suspender la entrega de correspondencia a domicilio en aquellos inmuebles que no cuenten con las instalaciones exigidas por la ley.
    Se recuerda a los ciudadanos la obligatoriedad de contar con un buzón en perfectas condiciones y accesible desde la vía pública para no quedarse sin su correspondencia.