• 2026-02-26 13:53:45
    Info General

    El Real Decreto 307/2005 dispone que los interesados cuentan con UN MES para presentar las
    solicitudes a contar desde el día siguiente al de la finalización del hecho causante, que en este
    caso sería a partir de la finalización de declaración del Innuncyl (La Declaración de finalización
    de la situación de Innuncyl finalizó el 19 de febrero de 2026). LA FECHA MÁXIMA PARA LA
    PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ EL 20 MARZO DE 2026)
    .https://sede.interior.gob.es/portal/sede