• 2021-01-22 10:02:25

    Siguiendo las instrucciones remitidas por la Subdelegación del Gobierno, se informa de las aclaraciones ante las consultas recibidas sobre la dispensación de comida preparada en los establecimientos hosteleros:

    De conformidad con lo establecido en la Resolución de 18/01/2021, de la Consejería de Sanidad, SE PERMITIRÁ EL SERVICIO DE REPARTO A DOMICILIO Y RECOGIDA DE COMIDA ELABORADA DENTRO DEL MARGEN HORARIO PERMITIDO (desde las 7 horas hasta las 22 horas).

    Los establecimientos hosteleros deben permanecer cerrados, únicamente pudiendo, al objeto de porte dar servicio de reparto y recogida elaborada, establecer un punto de recogida en un lugar del local con acceso a la vía pública (no en el interior del local). Estando prohibido el establecimiento de mesas exteriores donde se permita la estancia de usuarios, consumo de comidas/bebidas preparadas, etc.

    Respecto del uso de la comida preparada, se entiende que esta es para llevar/recoger, sin posibilidad de consumirla en el propio establecimiento. 

    Respecto de la organización de la dispensación, deberán cumplirse el resto de medidas sanitarias de distanciamiento, uso de mascarillas, aforo, etc.