• 2020-09-10 13:48:41
    Sanidad

    José Joaquín Manzanas Muñoz como Alcalde del Ayuntamiento de Montesclaros, hace saber:

    En virtud de la Resolución de 08/09/2020, de la Delegación Provincial de Sanidad de Toledo, por la que adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en la provincia de Toledo.

    Vista la información de seguimiento epidemiológico sobre contagios por COVID-19 en la provincia de Toledo a fecha 8 de septiembre de 2020 y en virtud del protocolo de brotes comunitarios elaborado desde la Consejería de Sanidad se hace necesario aplicar las siguientes medidas preventivas de salud pública:

    1. Actuaciones sobre locales de ocio

    - Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
    - En bares y establecimientos de hostelería, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para el consumo en el interior del local. En las terrazas su aforo se reducirá a un 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

    2. Actividades religiosas

    - Todas las celebraciones religiosas limitarán su aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre manteniendo la distancia interpersonal.
    - Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres, máximo 10 personas.
    - Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos, máximo 25 personas

    3. Medidas complementarias

    - Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol no autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública.
    - Podrán llevar a cabo su actividad de mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados.
    - En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.





    4. Recomendaciones

    - Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable.
    - Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

    Todas las medidas reflejadas en esta Resolución tendrán una validez de 14 días a partir del momento de su firma, prorrogables por otros 14 días en función de la evolución de la enfermedad,

    Si la evolución de la epidemia reflejara un empeoramiento de la situación, se adoptarán medidas complementarias las establecidas.






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