• 2021-01-15 13:59:10
    Sanidad

    D. José
    Joaquín Manzanas Muñoz, como Alcalde del Ayuntamiento de Montesclaros, hace
    saber:



     



    En virtud de la Resolución Provincial de la Conserjería de Sanidad en
    Toledo por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril,
    medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la
    expansión del COVID-19, en la Provincia de Toledo



     



    Debido a los aumentos de contagios por COVID-19 se hace necesario
    aplicar en todos los municipios de la Provincia las siguientes medidas de Nivel
    3 durante 10 días prorrogables en función de la situación epidemiológica:



     




    • RELACIONES
      SOCIALES



    -      
    Quedan prohibidas las reuniones
    de un número mayor de 6 personas




    • LOCALES
      DE OCIO



    -      
    Cierre de hogares de jubilados
    y centros de sociedades recreativas y culturales.



    -      
    Se suspende la actividad en el interior de bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.



    -      
    Queda suspendido el servicio en barra
    y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente
    manteniendo en todo momento las normas de agrupación y distancias.



    -      
    Los espacios al aire libre de bares reducirán su aforo al 50% de las
    mesas que tuvieran previamente, con una distancia
    entre las mesas de 2 metros
    , manteniendo en todo momento las normas de
    agrupación y distancias. Se entiende por libre todo espacio no cubierto o todo
    espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por dos paredes.



    -      
    Cierre de bares y establecimientos de
    restauración a las 22:00 horas.



    -      
    Está prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren
    sentadas en su mesa
    , tampoco se podrá consumir comidas y bebidas fuera de
    estas.




    • ACTIVIDADES
      RELIGIOSAS



    -      
    Velatorios y comitivas fúnebres: máximo de 6 personas.



    -      
    Limitación de lugares de culto cerrados al 40% de aforo,
    manteniendo siempre las distancias de seguridad y normas de higiene.




    • OTRAS
      MEDIDAS



    -      
    Las instalaciones deportivas, el aforo será del 20% en interiores y 50% en
    exteriores.



    -      
    Mercadillos deberán limitar el número de
    sus puestos a 1/3 con distancias de
    4 metro entre ellos.



    -      
    En las tiendas extremar las medidas higiénicas.



     



    Se recomienda a la ciudadanía
    la limitación de encuentros fuera de los grupos de convivencia.



     



    Si desde el Ayuntamiento, se
    tuviera conocimiento de que locales o actividades pueden suponer un riesgo de
    contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para
    proceder a su cierre o prohibición, con el fin de frenar la transmisión del
    virus.



    Adjuntos: