• 2025-06-02 11:10:10
    Info General

    Se informa sobre las posibles sanciones de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
    1. Infracciones muy graves: Pueden conllevar multas de entre 2.404,06 y 15.025,30 euros, e incluso la prohibición de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Ejemplos son la venta o transmisión de animales a quien no tiene licencia, el adiestramiento para activar su agresividad, o la organización de espectáculos con animales potencialmente peligrosos. 
    2. Infracciones graves: Se sancionan con multas de entre 300,52 y 2.404,05 euros. Ejemplos son la tenencia de animales sin la correspondiente licencia, la no adopción de medidas para evitar su escapada, o el incumplimiento de la obligación de identificar al animal. 
    3. No tener licencia: La tenencia de animales potencialmente peligrosos sin la correspondiente licencia es una infracción muy grave
    4. No llevar bozal: En lugares públicos, los animales potencialmente peligrosos deben llevar bozal y correa. La no utilización de bozal o correa puede ser una infracción grave
    5. No tener seguro: La falta de seguro de responsabilidad civil es otra infracción que puede ser grave
    6. No registrar el animal: La no inscripción en el registro de animales potencialmente peligrosos es una infracción grave. No identificar el animal: El incumplimiento de la obligación de identificar al animal también es considerado una infracción grave