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INFORMACIÓN RELEVANTE ELECCIONES 23 DE MAYO 20272026-09-22 18:39:57Info General
El próximo 23 de mayo de 2027 se celebrarán Elecciones Municipales y que podrán ejercer el derecho de voto, siempre que reúnan los requisitos legalmente establecidos, los ciudadanos residentes en España nacionales de otros países de la Unión Europea, así como los nacionales de determinados países con los que España mantiene Acuerdos de reciprocidad de voto en elecciones municipales.
Con objeto de facilitar la participación de los vecinos interesados, se informa de lo siguiente:
1. NACIONALES DE PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA
Los ciudadanos de la Unión Europea residentes en España que reúnan los requisitos exigidos para ser electores podrán ejercer su derecho de voto en las elecciones municipales si han manifestado formalmente su voluntad de votar en España.
Esta declaración puede realizarse por internet, por correo postal o personalmente en el Ayuntamiento de residencia, conforme a los procedimientos establecidos por la Oficina del Censo Electoral.
Para que la inscripción tenga efecto en el censo electoral correspondiente a las elecciones municipales de 23 de mayo de 2027, las altas en el Padrón y las declaraciones formales deberán realizarse, como máximo, el 30 de diciembre de 2026.
La manifestación de voluntad de voto tiene carácter permanente mientras el interesado continúe residiendo en España, salvo solicitud formal en sentido contrario.
2. NACIONALES DE PAÍSES CON ACUERDO DE RECIPROCIDAD
Podrán solicitar su inscripción en el censo electoral los residentes en España nacionales de los siguientes países:
Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.
Los interesados deberán reunir las condiciones establecidas en el correspondiente Acuerdo, entre ellas:
* Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo.
* Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.
* Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
* Haber residido legalmente en España durante el período exigido en el correspondiente Acuerdo.
Las solicitudes de inscripción podrán realizarse por internet, por correo postal o personalmente en el Ayuntamiento.
El plazo para presentar las solicitudes será:
DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2026 AL 15 DE ENERO DE 2027
Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo serán desestimadas.
Por todo ello, se recomienda a los vecinos que puedan encontrarse en alguno de los supuestos anteriores que comprueben con suficiente antelación el cumplimiento de los requisitos y realicen los trámites correspondientes dentro de los plazos establecidos.
Para obtener más información, los interesados podrán dirigirse al Ayuntamiento o consultar la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Se hace público para general conocimiento.