• 2020-04-16 13:32:18

    SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL VECINDARIO QUE SOLAMENTE PUEDEN QUEMAR RESTOS DE PODA DE OLIVO LAS PERSONAS QUE HAGAN LA PAC Y TENGAN EL ANEXO IV DEL AÑO PASADO.
    TENDRÁN QUE LLEVAR ENCIMA O EN EL MÓVIL LA PAC Y EL ANEXO IV.