• 2026-01-23 12:00:10
    Info General


    Ayudas para empresas en la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial

    Se remite decreto y extracto con las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar actuaciones basadas en la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    DECRETO: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/130o/25040295.pdf

    EXTRACTO: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/130o/26040013.pdf

     

    ASPECTOS PRINCIPALES:

    Plazo de presentación


    Desde: 11/02/2026 Hasta: 11/05/2026

    El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 11/02/2026 a las 10:00 AM, transcurridos veinte días a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria DOE. 

    Finalidad


    Financiar actuaciones basadas en la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial, que contribuyan significativamente a la transformación digital de las pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la finalidad de mejorar su eficacia y productividad.

    Destinatarios


    Las pymes con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con indepen­dencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos, y que vayan a implantar herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial.

    También podrán acceder a la condición de persona beneficiaria las agrupaciones de perso­nas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económi­ca o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bas­tantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

    Se admitirá que puedan acceder a la condición de beneficiario las uniones temporales de empresarios (UTEs).