• 2026-07-31 15:00:00
    Info General


    Debido a las altas temperaturas, humedades relativas muy bajas y el estrés hídrico de la vegetación, se establecen y refuerzan las siguientes medidas de prevención obligatorias desde las 00:00 h del 1 de agosto hasta las 23:59 h del 2 de agosto:

    🚫 Prohibiciones principales:
    • Encender fuego en el monte, zonas recreativas y de acampada (incluso en zonas habilitadas).
    • Uso de barbacoas en espacios abiertos.
    • Uso de material pirotécnico, cohetes o artefactos con fuego.
    • Suspensión de todas las autorizaciones vigentes para el uso del fuego.
    • Uso en el monte y en una franja de 400 m de maquinaria que genere chispas, fuego o descargas (soldadores, radiales, etc.), salvo emergencias comunicadas.

     🚜 Restricciones agrícolas y forestales:
    • Se prohíbe el uso de maquinaria autopropulsada agrícola y forestal (cosecha, empacado, desbrozadoras, etc.) en monte y a menos de 400 m de este entre las 12:00 y las 20:00 horas.

     ⚠️ Extreme la precaución y coopere para evitar cualquier riesgo de incendio.

     📎 Para más información detallada y consultar la resolución completa, revise el archivo adjunto