• 2023-06-16 13:11:00
    Atención al Vecindario

    Se comunica a todos los vecinos propietarios de parcelas y/o solares en zonas urbanas, que conforme a lo establecido en el artículo 10 de del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Reglamento de Disciplina Urbanística, es deber de los propietarios de terrenos mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

    Por ello, deberán proceder a su desbroce y limpieza, con objeto de evitar los riesgos de posibles incendios, focos de insectos o roedores. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador

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