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DECLARACIÓN DE ÉPOCA DE PELIGRO BAJO DE INCENDIOS FORESTALES2026-10-15 11:42:37Medio Ambiente
Mediante la Orden de 9 de octubre de 2026, publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 199, de 15 de octubre de 2026), se declara la ÉPOCA DE PELIGRO BAJO DE INCENDIOS FORESTALES, que comenzará el 16 de octubre de 2026 y permanecerá vigente hasta la entrada en vigor de una nueva época de peligro medio o alto.
QUEMA DE RESTOS VEGETALES POR MONTONES
Durante este período podrán realizarse quemas de restos vegetales procedentes de actividades agrarias, exclusivamente en los supuestos permitidos por la normativa.
Para ello, será necesario presentar previamente una DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUEMA POR MONTONES, conforme al modelo oficial del Anexo VI de la Orden.
¿Dónde y cómo se presenta?
La declaración responsable deberá presentarse por vía telemática, a través de la plataforma Trámites en Línea INFOEX, de la Junta de Extremadura.
¿Con qué antelación?
La declaración responsable puede presentarse desde el inicio de la época de peligro bajo y produce efectos desde el momento de su presentación telemática, sin necesidad de esperar una autorización expresa. Su vigencia se extiende hasta la finalización de dicha época.
Condiciones para realizar las quemas:
No se podrá quemar cuando el índice de peligro de incendios sea muy alto o extremo.
Las quemas deberán permanecer vigiladas hasta su completa extinción.
Se deberán respetar los horarios y las medidas de seguridad establecidas en la Orden.
En caso de emergencia, llamar al 112.
Se recuerda a toda la ciudadanía la obligación de extremar las precauciones y cumplir las medidas de prevención de incendios forestales.
Para más información, podrá consultarse la Orden de 9 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que se hace público para general conocimiento.