• 2020-10-24 21:37:25
    Navidad

    ACUERDO 73/2020, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad de Castilla y León por motivos muy graves de salud pública.

    Las medidas temporales anteriormente adoptadas deben ahora intensificarse para prevenir y contener el virus, mitigar el impacto sanitario, social y económico. Y sobre todo, reducir la intensa mortalidad que el virus está ocasionando en la Comunidad.

    Con la adopción de la medida se trata de evitar el colapso inminente del sistema de salud de Castilla y León, próximo a producirse de acuerdo con los datos de la actual evolución de la pandemia.
    Así pues se adopta el siguiente ACUERDO:
    En todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, y durante los 14 días naturales, desde el día 24 de octubre hasta el 6 de noviembre, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, debidamente justificadas:
    a) Adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    b) Asistencia a centros sanitarios.
    c) Desplazamiento al lugar de trabajo.
    d) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
    e) Por causa de fuerza mayor.
    f) Retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.

    Por otra parte, se mantienen las intervenciones previstas referidas al control del contacto social, aforos máximos y medidas en centros residenciales de personas mayores, participación en agrupaciones de personas, establecimientos de hostelería y restauración, lugares de culto, velatorios, instalaciones deportivas, etc...




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