• 2020-08-28 21:40:55
    AYUDAS Y SUBVENCIONES

    BASES DE SUBVENCIONES PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS DE POZO CAÑADA
    Ponemos en marcha un plan local de ayudas a los sectores económicos (empresas, autónomos y profesionales) afectados durante el estado de alarma por la pandemia del Covid-19 a causa del cierre de la actividad.

    - El objeto de estas bases es impulsar la actividad económica en el término municipal de Pozo Cañada, otorgando una ayuda económica adicional a las ayudas aprobadas por gobierno estatal, autonómico y provincial para así contribuir al cumplimiento de sus obligaciones empresariales, gastos generales, al mantenimiento de la actividad y el empleo.

    - Se pretende proteger el interés general del municipio y minimizar el impacto producido por la crisis económica provocada por el COVID y lograr que la recuperación económica se produzca lo antes posible.

    - La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe 15.000€

    - Ayudas económicas:
    1. Se establece una cuantía de hasta 500€ para establecimientos dados de alta en el Impuesto de sobre Actividades Económicas (IAE): bares y restaurantes.
    2. Se establece una cuantía de hasta 400€ para establecimientos dados de alta como: salones de peluquería e institutos de belleza, enseñanza reglada, enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior, otras actividades de enseñanza, floristerías, otros servicios de alimentación propios de la restauración (comidas a domicilio) y fisioterapeutas.

    - Requisitos para ser beneficiarios:
    Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan su actividad económica en Pozo Cañada y en las que concurran las siguientes circunstancias:
    1. Que la actividad económica sea desarrollada por una trabajadora autónoma de forma individual o por una empresa en cualquiera de sus formas jurídicas. También podrán acceder las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado.
    2. Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su actividad económica conforme a lo dispuesto en el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID.
    3. Estar de alta censal en la AEAT en el momento de la declaración de estado de alarma (14 de marzo de 2020) y en el momento de presentación de la solicitud.
    4. Que su actividad económica se encuadre en alguno de los grupos del Impuesto de Actividades Económicas referidos.
    5. Que el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Pozo Cañada.
    6. Acreditar que se está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de presentación de solicitudes.
    7. No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Pozo Cañada en la fecha de presentación de solicitudes.

    - Compatibilidad con otras ayudas:
    Las ayudas concedidas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier otra Administración Pública.

    - Conceptos subvencionables:
    1. Serán subvencionables los gastos corrientes abonados entre al 14 de marzo y el 31 de agosto de 2020, correspondientes a la actividad económica detallada en la solicitud, entre ellos los siguientes:
    a. El alquiler mensual del local comercial.
    b. Los gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, teléfono o internet referidos al establecimiento comercial.
    c. Los productos farmacéuticos tales como guantes, mascarillas, batas, etc., y de higiene precisos para la correcta desinfección de locales (gelhidroalcohólico, lejía, etc. ).
    d. El mobiliario que se hubiese adquirido para la correcta separación entre las personas empleadas o la clientela (mamparas de separación).

    - Plazo y forma de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, del 1 al 30 de septiembre.
    Las solicitudes debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación, se presentarán en el Registro del Ayuntamiento.
    EL ALCALDE




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