• 2026-07-14 11:55:34
    Info General


    📢 El Ayuntamiento informa:

    Según el artículo 8 de la Ordenanza municipal sobre vertidos de purines de explotaciones ganaderas con fines agrícolas, queda terminantemente prohibido verter residuos ganaderos en fincas rústicas de labor desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.

    El incumplimiento de lo establecido en dicho artículo constituye una infracción de la ordenanza y conllevará sanción administrativa de 150 a 1.500 euros.

    Rogamos la colaboración de las vecinas y los vecinos y del sector agrícola para mantener las condiciones de salubridad, higiene y disfrute de nuestro entorno.

    Datos clave
    • Normativa: artículo 8 de la Ordenanza municipal sobre vertidos de purines de explotaciones ganaderas con fines agrícolas.
    • Prohibición: verter residuos ganaderos en fincas rústicas de labor.
    • Periodo: del 1 de julio al 30 de septiembre.
    • Sanción: multa administrativa de 150 a 1.500 euros.