• 2026-09-24 14:26:08
    Info General


    Se informa a los vecinos y propietarios de fincas forestales de que la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid ha aprobado la Orden 2555/2026. Esta orden establece las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada, cofinanciadas con fondos europeos (FEADER).

    Todavía no se ha abierto el plazo de solicitud. Se abrirá al publicarse el extracto de la convocatoria en el BOCM, y durará 15 días hábiles. Se informa con antelación para que las personas interesadas puedan preparar la documentación. Podéis consultarlo en la página web del proceso de tramitación:
    https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-inversiones-montes-privados-2026

    Quién puede pedirla: titulares de montes privados en la Comunidad de Madrid, ya sean personas físicas, empresas, cooperativas, asociaciones o comunidades de bienes, siendo propietarios del monte o teniéndolo cedido. Se excluyen los montes públicos y los de entidades con al menos un 50 % de capital público.

    Qué se subvenciona:
    • Restauración de daños (incendios, vendavales, nevadas, sequías, plagas de los dos últimos años): hasta 60.000 €.
    • Selvicultura con objetivos ambientales (desbroces, clareos, podas, repoblaciones, puntos de agua para fauna, pistas forestales, tapiales de piedra, planes de gestión): hasta 40.000 €.

    La ayuda puede cubrir hasta el 100 % del gasto, con los importes máximos por unidad de obra que fija la orden. Se concede por concurrencia competitiva, puntuando entre otros criterios la ubicación en Red Natura 2000 y que la finca tenga 50 hectáreas o menos. No se subvenciona el IVA, la maquinaria ni las podas de formación de copas.

    Modelos oficiales adjuntadas en el bando (disponibles en la BDNS, convocatoria 930968, junto con el texto de la orden)  https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A13/es/convocatorias/930968:
    • Modelo de solicitud.
    • Anexo II, memoria-resumen: se presenta con la solicitud.
    • Anexo III, justificación y pago: se presenta al terminar los trabajos.

    Con la solicitud y la memoria hay que aportar también:
    • DNI/NIE o NIF, y acreditación de la propiedad (escritura o nota simple del Registro).
    • Planos a escala 1:50.000 (situación) y 1:10.000 (actuaciones).
    • Capas digitales de la finca y las actuaciones (formato shape).
    • Proyecto técnico de obra visado por el Colegio profesional, si las obras superan los 20.000 € (no hace falta si el monte tiene un plan de gestión aprobado).
    • Tres ofertas de proveedores, si el gasto supera el importe del contrato menor (40.000 € en obras y 15.000 € en servicios, sin IVA).
    • Declaraciones responsables (incluidas en el modelo de solicitud).
    A tener en cuenta:
    • No deben empezarse los trabajos antes de que se levante el acta de no inicio.
    • La ayuda se cobra una vez ejecutados y justificados los trabajos, por lo que hay que adelantar el gasto.
    • Si no hay resolución en 6 meses, la solicitud se entiende desestimada.
    • Los plazos de ejecución y justificación no se pueden prorrogar.

    Se presenta en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid). Las personas físicas también pueden hacerlo de forma presencial. Si tenéis alguna duda en la página web hay un teléfono y correo de contacto.