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modif ordenanza de trafico de Salvatierra de Esca2026-05-18 10:03:19Info General
Durante el plazo de un mes desde su publicacion en el BOP ( 14 de mayo de 2026 ) se pueden presentar alegaciones y sugerencias a la modificacion de la ordenanza de trafico de Salvatierra de Esca aprobada en Pleno de 7 de mayo de 2026.
Modificacion art 8.
Antes decía
Se establece como zona de estacionamiento limitado entre las fechas 1 de julio y 15 de septiembre de cada año el casco urbano histórico. En estas fechas únicamente podrán estacionar los vehículos de residentes (empadronados). Los no residentes (no empadronados) podrán aparcar en los lugares habilitados para ello en la travesía de la carretera, en los aparcamientos junto al Pumptrak y en el aparcamiento de la la zona baja del Poyo. En esta última solo podrán estar estacionadas un máximo de 48 horas semanales.
Ahora quedaria así
Se establece como zona de estacionamiento limitado entre las fechas 1 de julio y 15 de septiembre de cada año el casco urbano histórico. En estas fechas únicamente podrán estacionar los vehículos de residentes (empadronados). Los no residentes (no empadronados) podrán aparcar en los lugares habilitados para ello en la travesía de la carretera, en los aparcamientos junto al Pumptrak y en el aparcamiento de la la zona baja del Poyo. En esta última solo podrán estar estacionadas un máximo de 48 horas semanales. Las personas no residentes ( no empadronados) que estén en posesión de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, podrán estacionar durante estas fechas en todo el casco urbano sin entorpecer la circulación.