• 2026-05-18 10:03:19
    Info General


    Durante  el plazo  de  un mes  desde  su  publicacion  en el BOP  ( 14 de mayo de 2026  )   se  pueden presentar alegaciones  y  sugerencias  a  la   modificacion  de la ordenanza  de trafico de Salvatierra de Esca  aprobada en Pleno  de 7 de mayo  de  2026. 

    Modificacion   art 8.

      Antes decía

     Se establece como  zona de estacionamiento limitado entre las fechas 1 de julio  y 15 de septiembre de cada año el casco urbano histórico. En estas fechas únicamente  podrán estacionar los  vehículos de residentes  (empadronados). Los no residentes (no  empadronados) podrán aparcar  en los lugares habilitados para ello en la travesía de la carretera, en los aparcamientos junto al Pumptrak y en el aparcamiento de la la zona baja del Poyo. En esta última solo podrán estar estacionadas un máximo de  48 horas semanales.

     

    Ahora quedaria así

    Se establece como  zona de estacionamiento limitado entre las fechas 1 de julio  y 15 de septiembre de cada año el casco urbano histórico. En estas fechas únicamente  podrán estacionar los  vehículos de residentes  (empadronados). Los no residentes (no  empadronados) podrán aparcar  en los lugares habilitados para ello en la travesía de la carretera, en los aparcamientos junto al Pumptrak y en el aparcamiento de la la zona baja del Poyo. En esta última solo podrán estar estacionadas un máximo de  48 horas semanales. Las personas no residentes ( no empadronados) que estén en posesión de la tarjeta de estacionamiento para personas  con movilidad  reducida, podrán estacionar durante estas fechas en todo el casco urbano sin entorpecer la circulación.