• 2026-07-17 09:23:57
    Medio ambiente

    ALERTA POR RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIOS FORESTALES PARA LOS DÍAS 19, 20, 21 y 22 DE JULIO EN CASTILLA Y LEÓN

    Se trasladan mediante este oficio las siguientes INSTRUCCIONES:

    1) Aplicar estado funcional rojo durante todo el día los días 19, 20, 21 y 22 de julio a todas las cuadrillas de tierra (ROMEO), salvo en las que comiencen a trabajar antes de las 12:00 h, en las que el estado funcional sólo se aplicará después de dicha hora.
    2) Aplicar estado funcional rojo durante todo el día los días 19, 20, 21 y 22 de julio a todas las unidades de brigada y autobomba (UBA) salvo en las que comiencen a trabajar antes de las 12:00 h, en las que el estado funcional rojo sólo se aplicará después de dicha hora.
    3) Suspender las practicas combinadas del personal de cuadrillas, autobombas, etc. excepto las asociadas a los cursos básicos obligatorios para personal de nueva incorporación. El resto de las actividades formativas y practicas programadas desde el CDF se pueden efectuar al ser actividades compatibles con esta declaración.
    4) Suspender todas las actividades de entrenamiento de medios aéreos y cuadrillas helitransportadas (ELIF), no empleando los medios aéreos en ninguna misión distinta a la extinción y acelerando su despacho automático ante los avisos de humo, preferiblemente simultáneo de varios medios aéreos.
    5) Gestionar adecuadamente los medios aéreos en los incendios, escalonándolos para evitar, en lo posible, que se produzca ausencia de éstos durante la extinción.
    6) Mantener las ELIF en máxima disponibilidad prohibiendo ejercicios físicos intensos en base.
    7) Aumentar la vigilancia a través del estado de alerta máxima de puestos de vigilancia, autobombas, cuadrillas, Agentes Medioambientales y Celadores. 
    8) Primar, en las tácticas de extinción, la celeridad y la contundencia en el primer ataque, sin perjuicio de las medidas elementales de seguridad, para minimizar en lo posible la extensión de los frentes.
    9) Tratar de evitar, en lo posible, que se produzcan bajas en la dotación de las autobombas y torres de vigilancia, haciendo cambios de turno o sustituciones cuando sean viables.
    10) Los retenes de maquinaria estarán en alerta para salida inmediata.
    11) Comunicar a empresas e instituciones, en especial la Guardia Civil, y a las empresas que ejecutan trabajos forestales contratados por la Consejería, la situación puntual de mayor riesgo para que extremen la precaución en la ejecución de sus trabajos, colaborando en esta labor los Agentes Forestales y Medioambientales durante su servicio de guardia.
    12) Se extremará la vigilancia en zonas cercanas al monte en las que se esté cosechando, poniendo especial hincapié en que se suspenda la actividad cuando la velocidad del viento supere los 30 km/h y la temperatura supere los 30oC (simultáneamente).
    13) Se extremará en los CPM la vigilancia de tormentas eléctricas secas que puedan producirse teniendo en cuenta el registro de rayos, posibles rayos latente y reconocimiento aéreo en caso necesario.
    NOTAS ACLARATORIAS:
    Las motosierras no son maquinaria que genere chispas de acuerdo con la clasificación de la citada orden, por lo que su uso no está limitado salvo la precaución de tener siempre a mano medios de extinción adecuados (mochila, batefuegos o similar) y en sus lugares de mantenimiento, si se hace en el monte, mantenerlos limpios de vegetación en un área circular de 2 metros de diámetro y disponer de medios de extinción adecuados. 
    Valladolid,
    EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION Y EXTINCION DE INCENDIOS FORESTALES
    Fdo. Angel Manuel Sanchez Martín
    **Se adjunta Resolucion