• 2025-10-27 15:25:35
    Info General

    Se pone en conocimiento de los vecinos la Resolución de Alcaldía de fecha 24 de octubre, mediante la cual se establece el régimen de Declaración Responsable, en sustitución del Régimen de Licencia Municipal de Obras a los actos constructivos y no constructivos que se relacionan a continuación, conforme el artículo 314 bis del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León :

    a) Actos constructivos:
    1.º Las obras de modificación, reforma o rehabilitación de las construcciones e instalaciones existentes, cuando tengan carácter no integral o parcial conforme a lo dispuesto en la legislación sobre ordenación de la edificación.
    2.º Las obras de mantenimiento y reparaciones puntuales del edificio.
    3.º La ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo, cuando no tengan entidad equiparable a las obras de nueva planta o ampliación ni afecten a elementos estructurales.
    4.º Las obras menores, tales como sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas.

    b) Actos no constructivos:
    1.º El cambio de uso de las construcciones e instalaciones existentes.
    2.º Las obras de construcción o instalación de cerramientos, cercas, muros y vallados de fincas y parcelas.
    3.º La colocación de vallas, carteles, paneles y anuncios publicitarios visibles desde las vías públicas.
    4.º El uso del vuelo sobre construcciones e instalaciones existentes.
    5.º Los trabajos previos a la construcción, tales como sondeo, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares, cuando no estén previstos y definidos en proyectos de contenido más amplio previamente aprobados o autorizados.
    2. Están exentos del régimen de declaración responsable los supuestos citados en el artículo 289 del RUCyL