• 2020-11-20 20:10:42
    Hostelería y Comercio

    MEDIDAS URGENTES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE DETERMINADOS SECTORES.

    El pasado 17 de noviembre, la Junta de Andalucía aprobó una línea de subvenciones para personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma que desarrollan su actividad en los sectores de la hostelería, del comercio, del transporte por taxi y de los servicios de peluquería de señora y caballero. Así mismo y de igual manera, para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma que desarrollan su actividad en el sector de feriantes.

    *Los principales requisitos para ser beneficiario son:

    • Haber estado dado de alta en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/200, de 14 de marzo.
    • Que a fecha de inicio de la solicitud, se desarrolle una actividad de acuerdo con los códigos del CNAE recogidos en el ANEXO del decreto-ley 29/2020 de 17 de noviembre.
    • No ser beneficiario/a de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad.

    *Obligaciones de las personas beneficiarias:

    • Mantener el alta como persona trabajadora en la Seguridad Social ininterrumpidamente, durante al menos, tres meses.

    *Concepto subvencionable: 1.000 euros.

    Para más información, consultar en las oficinas del Ayuntamiento.