• 2026-09-23 14:00:00
    Info General

    BANDO


    D. RAMÓN LÓPEZ BLÁZQUEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SEPÚLVEDA (SEGOVIA).

    HACE SABER


    Que la conservación de la limpieza, el decoro de nuestras calles y la protección del entorno histórico y natural de Sepúlveda es una responsabilidad compartida por todos los vecinos y visitantes. Con el objeto de mejorar la convivencia, optimizar el servicio de recogida de basuras y cumplir con la normativa medioambiental vigente, se recuerda la obligación de realizar una correcta gestión de los residuos domésticos, atendiendo a las siguientes normas de obligado cumplimiento:

    1. Separación de Residuos en Contenedores Oficiales

    Cada tipo de residuo debe depositarse exclusivamente en su contenedor correspondiente, respetando el reciclaje en origen:
    • Materia Orgánica / Resto (Contenedor Verdes/Grises): Restos de comida y desechos no reciclables. Deben introducirse siempre en bolsas de plástico debidamente cerradas. Queda prohibido verter líquidos, cenizas mal apagadas y restos de poda.
    • Envases Ligeros (Contenedor Amarillo): Botellas de plástico, latas, briks, bandejas de corcho blanco y bolsas de plástico.
    • Papel y Cartón (Contenedor Azul): Cajas de cartón (previamente plegadas para no ocupar espacio excesivo), periódicos, revistas y folios.
    • Vidrio (Contenedor Verde/Iglú): Botellas, tarros y frascos de vidrio. Se deben introducir sin tapones, tapas ni corchos. No verter bombillas y espejos.

    2. Prohibición de Depósito de Mobiliario y Enseres en la Vía Pública

    Queda estrictamente prohibido abandonar muebles, electrodomésticos, colchones o enseres viejos junto a los contenedores o en cualquier punto de la vía pública.
    • El depósito de este tipo de mobiliario requiere autorización municipal previa.
    • Solo se podrá sacar este material a la calle en los días y horarios específicos que determine este Ayuntamiento, tras haberlo comunicado y coordinado con los servicios municipales.

    3. Civismo.
    • Queda terminantemente prohibido depositar bolsas de basura o residuos fuera de los contenedores o en el suelo.

    El incumplimiento de estas normas de limpieza urbana e higiene podrá dar lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador.

    Lo que se hace público para general conocimiento y debido cumplimiento.

     

    En Sepúlveda, a 23 de septiembre de 2026.