• 2026-06-02 08:52:28
    Info General


    Se informa a la ciudadanía que, de acuerdo con la normativa vigente en materia de prevención de incendios forestales de la Comunitat Valenciana, queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, en terreno forestal y en su Zona de Influencia Forestal, superficie constituida por la franja circundante a los terrenos forestales en una anchura de hasta 500 metros.

    Como excepción, únicamente podrán realizarse quemas en aquellos municipios que dispongan de Plan Local de Quemas aprobado, siempre que la actividad esté contemplada en dicho plan, se realice en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1, y hasta las 11:00 horas como máximo. 

    Los municipios que disponen de Plan Local de Quemas pueden consultarse en el siguiente enlace:
    https://mediambient.gva.es/es/web/prevencion-de-incendios/plans-locals-de-cremes-plc-

    Esta medida tiene como finalidad prevenir incendios forestales durante la época de mayor riesgo, caracterizada por las altas temperaturas y la sequedad de la vegetación.

    Se recuerda a toda la población la importancia de extremar las precauciones y cumplir la normativa vigente para proteger nuestro entorno natural.

    En prevención de incendios forestales, contamos con la colaboración de todos.