• 2022-07-15 09:00:00
    Servicios Sociales


    PUBLICADO EN EL DOE Nº 135 DE 14 DE JULIO LAS BASES REGULADORAS DEL BONO DE ALQUILER JOVEN DURANTE EL 2022/2023.


    REQUISITOS:
    • JOVENES HASTA 35 AÑOS DE EDAD.
    • ESTAR EMPADRONADOS EN EXTREMADURA Y CON RESIDENCIA EFECTIVA. LA VIVIENDA SUJETA AL BONO DE ALQUILER TIENE QUE SER SU RESIDENCIA HABITUAL Y PERMANENTE DURANTE EL PERIODO SUBVENCIONADO.
    • TENER SUSCRITO CONTRATO O PRECONTRATO DE ALQUILER.
    • TENER UNA FUENTE REGULAR DE INGRESOS
    • NO SE PODRAN SUPERAR LOS LIMITES ECONOMICOS SEÑALADOS EN EL DECRETO POR LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA:

    -      3 VECES IMPREM 1 MIEMBRO U.F

    -       3.5 VECES IPREM 2 MIEMBROS U.F 

    -       4 VECES IPREM 3 O MAS MIEMBROS U.F

    -        QUE EL IMPORTE DEL ALQUILER NO SUPERE 600 € MENSUALES.

    El importe del Bono Joven es de 250 euros mensuales y el tiempo máximo de la ayuda es de dos años.

    Las solicitudes van dirigidas a la Dirección General de Vivienda. El modelo de solicitud y la documentación a presentar se encuentran en:

    Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura. Portal Juntaex.es

    LOS INTERESADOS YA PUEDEN PRESENTAR SU SOLICITUD

    HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022.





    Adjuntos: