• 2025-08-01 09:55:28
    Info General


    La Comisaría de Aguas del río Duerna , con objeto de garantizar un uso racional del agua, en base a lo  dispuesto en los artículos 55,59 y 98 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio ,

    comunica:

    . las detracciones de agua deben ajustarse a los turnos establecidos por dicho Organismo

    . queda prohibido derivar agua cuando el caudal, en Santiago de la Valduerna esté por debajo de 0.15 m3/s. La información del caudal está disponible  en la web de Confederación Hidrográfica del Duero

    . aunque se supere el caudal de 150l/s en Santiago de la Valduerna , no se podrá sacar agua directamente del río, o en pozos situados en su zona, que suponga más del  50% del caudal circulante en el punto de toma,

    no pudiéndose dejar en ningún caso el cauce seco.

    . queda prohibido  derivar caudales en tomas directas del río para zonas de cauce sin agua.  Esta prohibición se extiende también a todos los pozos situados en la zona de policía de los tramos de cauces que no mantengan caudal circulante

    . no se permite el riego de choperas, salvo las plantaciones de menos de 2 años

     

    El incumplimiento de dicha restricciones serán objeto de sanciones.

    Para cualquier duda o cuestión relacionada pueden comunicarse con agentes medioambientales o guardas fluviales de la zona.



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