• 2019-09-30 12:34:16
    Cultura: Actividades

    Los ciudadanos residentes en España que quieran votar por correo en las próximas elecciones generales del 10 de noviembre pueden solicitarlo en cualquier oficina de Correos hasta el día 31 de octubre inclusive.

    En el momento de solicitar el voto por correo, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

    Del 21 de octubre al 3 de noviembre, la Oficina del Censo Electoral envía al solicitante mediante correo certificado, la documentación para poder votar.

    Hasta el 6 de noviembre se puede entregar en Correos la documentación para votar: Sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, certificado de inscripción en el censo y el voto.

    Respecto a los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), se podrá solicitar hasta el sábado 19 de octubre pero no será necesario en el caso de las personas que ya lo pidieron en los anteriores comicios y sigan inscritos en el CERA.




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