• 2020-05-22 11:46:57
    Cultura: Actividades

    A partir del viernes 22 de mayo, se flexibilizan algunas de las restricciones derivadas de la declaración del estado de alarma. De este modo, a las actividades ya permitidas, se suman otras como:

    Desplazamiento de la población infantil y práctica de actividad física no profesional: Los menores de 14 años pueden salir acompañados por todos los convivientes en un mismo domicilio. Tanto los paseos como la actividad física, se podrán practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes.

    Establecimientos de hostelería y restauración: Podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno y siempre que no se supere un cuarenta por ciento de su aforo. Podrá procederse a la reapertura al público de las terrazas al aire libre limitándose al cincuenta por ciento de las mesas y guardando la distancia de al menos dos metros entre ellas. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa y en ningún caso se admitirá el autoservicio en barra.

    Velatorios y entierros: Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados.

    Lugares de culto: Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo.

    El uso de mascarilla es obligatorio para las personas de seis años en adelante, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.





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