• 2020-07-16 18:57:06
    Cultura: Actividades

    La Junta de Castilla y León ha aprobado la OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MASCARILLA, por parte de las personas mayores de seis años, en todo momento tanto en la vía pública o en espacios al aire libre, como en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, cuando sea previsible la concurrencia en el mismo espacio con personas no convivientes.

    También será obligatoria en todo tipo de transportes públicos o privados, excepto cuando todos los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio; en el caso de motocicletas o ciclomotores deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio.

    La obligatoriedad incluye su uso adecuado, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida; la mascarilla no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en usos profesionales para los pueda estar recomendada.

    Se exceptúan de la obligación su uso, en situaciones de consumo de alimentos y bebidas; durante la práctica de actividad física; en espacios de la naturaleza o al aire libre, fuera de los núcleos de población; y en piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal.

    La Junta de Castilla y León insiste en la necesidad de mantener el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.





    Adjuntos: