• 2025-02-12 11:25:24
    Info General

    AMPLIACIÓN DE HORARIO CON MOTIVO DE LA FESTIVIDAD DE CARNAVAL.



    Prorrogar en DOS HORAS , con carácter general para todos los establecimientos públicos principales, situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el horario de cierre establecido para cada establecimiento según el grupo en el que se encuadre, conforme a lo regulado en el artículo 4 de la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, durante las madrugadas que transcurren entre los días 28 de febrero y 1 de marzo, 1 y 2 de marzo, y la del 3 y 4 de marzo de 2025.