• 2026-10-13 10:00:00
    Info General


    Ayudas para la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha

    Resolución de 6 de octubre de 2026, publicada en el DOCM n.º 196, de 13 de octubre de 2026. Cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Programa 2021-2027.

    1. Objeto


    Financiar actuaciones de rehabilitación para mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales, reducir el consumo energético y fomentar el uso de energías renovables, especialmente solar, biomasa, geotermia y aerotermia.

    2. Quién puede solicitar las ayudas


    Según los requisitos de cada línea, pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas propietarias de viviendas unifamiliares o viviendas/edificios residenciales colectivos; las comunidades y agrupaciones de propietarios; determinadas agrupaciones de propietarios sin división horizontal formalizada; y sociedades cooperativas de los tipos previstos en la convocatoria.

    3. Líneas de ayuda y presupuesto


    Línea

    Actuación principal

    Presupuesto convocado

    1

    Rehabilitación energética de la envolvente de edificios residenciales colectivos. Se exige una reducción mínima del 40 % del consumo de energía primaria no renovable.

    34.803.245,03 €

    2

    Implantación de energías renovables en edificios residenciales colectivos, como biomasa, aerotermia/geotermia y energía solar fotovoltaica o térmica, según las condiciones de la convocatoria.

    9.851.213,52 €

    3

    Rehabilitación integral para alcanzar un consumo energético mínimo en edificios residenciales colectivos y viviendas unifamiliares. Se exige una reducción mínima del 60 % del consumo de energía primaria no renovable.

    5.345.541,45 €


    Presupuesto total: 50.000.000 €. La convocatoria contempla la posibilidad de incrementar el crédito hasta en otros 50.000.000 €, si se cumplen las condiciones presupuestarias previstas.

    4. Ayuda adicional por vulnerabilidad económica


    Las personas propietarias de viviendas incluidas en las actuaciones que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica pueden optar a una ayuda adicional de hasta el 100 % del coste imputable a su vivienda, dentro de los límites máximos establecidos en las bases y siempre que se conceda la ayuda principal y el edificio cumpla los requisitos energéticos.

    Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar, según su composición: 2 veces el IPREM; 2,5 veces si hay al menos una persona menor o una persona con discapacidad igual o superior al 33 %; 2,7 veces si hay al menos dos; y 3 veces si hay tres o más. Se computan las personas empadronadas en la vivienda, con independencia del parentesco.

    5. Plazo de solicitud


    El plazo comienza a las 09:00 horas del día siguiente a aquel en que transcurran 10 días hábiles desde la publicación en el DOCM y finaliza el 30 de noviembre de 2026. Conviene comprobar el cómputo exacto de la fecha de apertura en el portal oficial antes de presentar la solicitud.

    6. Documentación principal


    ·         Documentación de identidad y, en su caso, representación.

    ·         Acuerdo de la comunidad de propietarios y relación de viviendas afectadas, cuando corresponda.

    ·         Acreditación de titularidad mediante documentación registral o catastral y consentimiento de copropietarios, si procede.

    ·         Proyecto o memoria técnica conforme al anexo correspondiente.

    ·         Certificado energético actual y certificados de la situación prevista tras las actuaciones, con sus archivos de cálculo, firmados por técnico competente.

    ·         Documentación sobre circularidad, desmontaje y adaptabilidad; declaración de cumplimiento del principio DNSH y, cuando proceda, informe de resiliencia climática.

    ·         Fotografías en color de las zonas afectadas y de la fachada.

    ·         Declaraciones responsables y acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando sea necesario.

    Para la ayuda adicional por vulnerabilidad económica se requiere, entre otros documentos, la declaración de la renta más reciente de los miembros de la unidad de convivencia, certificado histórico y colectivo de empadronamiento y, en su caso, acreditación de discapacidad, menores y titularidad. La documentación adicional debe presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la solicitud principal.

    7. Tramitación, ejecución y pago


    La instrucción corresponde al Servicio de Coordinación y Gestión de Ayudas y la resolución a la Dirección General de Vivienda. El plazo máximo para resolver es de 3 meses; transcurrido sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada. La concesión debe aceptarse expresamente en 15 días naturales; de no hacerlo, se pierde la ayuda.

    Plazos máximos de ejecución indicados en la convocatoria: 18 meses para las líneas 1 y 3 (con posible ampliación excepcional a 24 meses para edificios de 40 o más viviendas) y 12 meses para la línea 2. La justificación debe presentarse, como máximo, en los 3 meses siguientes al fin del plazo de ejecución. El pago se realiza en un único abono tras la justificación; puede solicitarse un anticipo de hasta el 25 % junto con la solicitud.

    8. Dónde consultar y presentar


    Portal de Vivienda de Castilla-La Mancha: https://vivienda.castillalamancha.es/

    La convocatoria completa puede consultarse también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, identificador 933977.

    Nota: este documento es un resumen orientativo. Para presentar una solicitud deben revisarse la resolución completa, sus anexos y las bases reguladoras, especialmente los requisitos técnicos y los límites máximos de ayuda de cada línea.