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REGISTRO OBLIGATORIO VEHÍCULOS MOVILIDAD PERSONAL (VMP) DGT2026-04-01 12:48:02Info General
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros, en el que deberán inscribirse los Vehículos de Movilidad Personal (VMP),como paso previo para poder contratar el seguro obligatorio.
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Para poder circular, los VMP deberán contar con certificado de inscripción en el Registro de vehículos personales ligeros y portar etiqueta identificativa.
Con el objetivo de facilitar información práctica sobre este procedimiento, se adjunta cartel explicativo elaborado por la DGT que resume de forma sencilla los pasos para realizar la inscripción de los VMP en el Registro Nacional de Vehículos.
Más información en el siguiente enlace: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/matriculaciones-de-vehiculos/inscripcion-vmp/index.html
Entre otros aspectos, en esa dirección se recoge lo siguiente:- La obligatoriedad de inscripción de los VMP en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT desde el 30 de enero de 2026.
- El procedimiento para realizar el registro a través de la Sede Electrónica de la DGT.
- Los pasos para obtener el número de inscripción y la etiqueta identificativa del vehículo.
- La información relativa a VMP certificados y no certificados, así como el periodo transitorio aplicable a los VMP no certificados.