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EPOCA DE PELIGRO ALTO DE INCENDIOS FORESTALES DEL PLAN INFOEX2025-05-29 10:06:31Medio Ambiente
La Época de Peligro Alto (EPA) se declara para adaptar la regulación y el despliegue del dispositivo de extinción al riesgo de incendio derivado de las condiciones meteorológicas que suelen registrarse el período comprendido entre el 1 junio y el 15 de octubre.
Así, en las PROHIBICIONES se encuentran las quemas de restos vegetales, las piconeras y la realización de barbacoas u hogueras en suelo rústico y espacios abiertos de núcleos urbanos sitos en ZIF. Para la preparación de alimentos, se permiten únicamente los equipos de gas.
En cuanto a las AUTORIZACIONES, serán requeridas para la realización de hornos de carbón y carboneras tradicionales, mientras que el lanzamiento de fuegos artificiales (en suelo rústico y núcleos urbanos sitos en ZIF) precisa de la autorización de las Entidades Locales.
Como novedad, también resultará autorizable la quema de rastrojos de cultivos herbáceos de secano por motivos fitosanitarios en las zonas de coordinación de La Serena, Tentudía y Badajoz Centro para recintos que no se encuentren en Zona de Alto Riesgo. Esta autorización excepcional requerirá de la justificación técnica del motivo fitosanitario, pudiendo ser solicitada desde la sede electrónica asociada Arado-Laboreo.
Otras actividades de riesgo, como la utilización de maquinaria (en terreno forestal y suelo rústico sito en zona de influencia de 400 metros), como cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas, máquinas sobre cadenas, desbroces de matorral, requerirá de la formulación de DECLARACIÓN RESPONSABLE cuando el índice de riesgo meteorológico de la AEMET sea muy alto o extremo. No obstante, dicha declaración puede formularse de forma voluntaria, tiendo vigencia hasta la finalización de la Época de Peligro Alto.
En cuanto a las quemas de restos vegetales en regadío, se precisará de COMUNICACIÓN PREVIA, mientras que otras actividades que pudieran generar FALSAS ALARMAS (columnas de polvo), requieren de un AVISO PREVIO telefónico.
Por último, en el Anexo VII de la Orden se dan a conocer algunas PRECAUCIONES ESPECÍFICAS para ciertas actividades con riesgo, como cierta maquinaria, preparación de alimentos y celebración de eventos en suelo rústico.
Para la consulta de normativa, tramitación y visualización geográfica se ponen a disposición las siguientes herramientas online:
· Normativa: Normativa en vigor | INFOEX (https://www.infoex.info/3-1-normativa-en-vigor/)
· Tramitación online e índice de riesgo: INFOEX (https://app.infoex.info/pages/intro)
· Visor geográfico: IDEEX (https://visor.ideex.es/#/visor/visor=64)