• 2020-10-14 15:57:15
    Info General

    Por Decreto de la Alcaldía de fecha 30 de septiembre de 2020, y como medida preventiva ante la actual situación epidemiológica de evolución de la enfermedad COVID-19, se ha dictado la oportuna disposición aplicable a la actividad de venta no sedentaria en la vía pública (mercadillo), con efectos a partir del día siguiente a dicho decreto.

    Para ello, la Alcaldía, en el ejercicio de sus competencias ha dispuesto:

    PRIMERO. - La actividad de venta no sedentaria en la vía pública (mercadillo) de los días estipulados, se limitará exclusivamente a los puestos fijos, autorizados con anterioridad a la fecha del presente decreto, no autorizándose la instalación de puestos esporádicos, ni de nuevos puestos fijos.

    SEGUNDO. - La actividad deberá desarrollarse cumpliendo estrictamente las medidas y condiciones de seguridad e higiene aplicables al tipo de abastecimiento:
    - El distanciamiento entre puestos del mercado será de un mínimo de dos metros, con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
    - Los establecimientos deberán poner a disposición del público, dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
    - El tiempo de permanencia en los establecimientos será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.
    - La distancia de seguridad interpersonal será de dos metros entre clientes, lo que se indicará mediante cartelería y señalización.
    - Los productos comercializados no podrán manipularse por parte de los consumidores. No se permitirá el autoservicio, debiendo prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado, con el fin de evitar la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.
    - Para aquellos casos en los que sea posible la atención individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo empleado.





    Adjuntos: