• 2017-12-07 10:30:58
    Empleo

    ANUNCIO

    Conforme a las bases aprobadas, (que se exponen a continuación) se podrán presentar las solicitudes en el Ayuntamiento de Cañamero, hasta las 14,00 horas del dia 16 de diciembre de 2.017.




    BASES PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE UNA PERSONAS PARA EL PUESTO DE PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES CON CARGO AL PLAN EXTRAORDINARIO “DIPUTACIÓN INTEGRA”, FINANCIADO POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES Y ESTE AYUNTAMIENTO DE CAÑAMERO.

    PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
    Es objeto de la presente convocatoria la contratación temporal de una persona para el puesto de PEON DE SERVICIOS MULTIPLES, para atender las necesidades del Ayuntamiento en los distintos espacios, dependencias e instalaciones municipales.
    El plan Extraordinario 2017 “Diputación Integra” está destinado a la contratación de personas con discapacidad. Es un programa extraordinario y piloto que contribuirá a la creación de más de ciento veinticinco oportunidades de empleo para personas con algún grado de discapacidad.
    Los empleos serán creados en los ayuntamientos de la provincia y serán financiados con cargo a este programa, siendo por cuenta de este Ayuntamiento de Cañamero, la contratación gestión y aportación de los fondos necesrios para el pago de los salarios y seguridad social que exceda de la subvención asignada.
    SEGUDA.- CATEGORÍA PROFESIONAL. JORNADA Y FUNCIONES.
    La categoría profesional será Peón de Servicios Múltiples.
    El contrato se celebrará al amparo del artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, siendo por su duración, de carácter temporal en consonancia con el Real Decreto Legislativo 20/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
    El contrato se formalizará a tiempo parcial (media jornada) por un periodo de 12 meses. Las funciones que ejercerá serán las propias de su categoría profesional así como cuantas tareas relacionadas con el puesto de trabajo le sean encomendadas por este Ayuntamiento.
    Esta contratación será financiada por la Excma. Diputación de Cáceres en el marco del Plan Extraordinario Diputación Integra 2017-2018.
    TERCERA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES
    1.- Tener nacionalidad española o reunir los requisitos exigidos en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
    2. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad mínima de jubilación forzosa.
    3. No padecer enfermedad o estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible, impida o menoscabe el normal desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.
    4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
    5. Tener la titulación y los conocimientos y/o formación específicos que se recogen en la siguiente relación:
    6. Poseer un grado de discapacidad igual o superior al 33%. El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedida por el CADEX o por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
    7. Estar en situación de demandante de empleo y hallarse empadronado en el municipio de Cañamero y a tal efecto deberán estar inscritos en el SEXPE como demandantes de empleo manteniendo esta condición durante el proceso selectivo. Se excluye la mejora de empleo.
    8.- No cobrar ningún tipo de prestación, subsidio o ayudas por desempleo ni pensiones de cualquier naturaleza.
    Los requisitos señalados en este apartado se entenderán cumplidos a la finalización del plazo señalado para la presentación de las solicitudes por las personas destinatarias, a excepción del requisito de estar en situación de desempleo, que será evaluado a fecha de contratación, debiendo cumplir en todo caso ese requisito a la fecha de contratación.
    CUARTA: PUBLICACIÓN DE LA BASES.
    La convocatoria será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web
    QUINTA: INSTANCIAS Y ADMISIÓN
    Las instancias solicitando tomar parte en el proceso, irán dirigidas al Sr Alcalde- Presidente del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro General de la Corporación en horas de oficina hasta el día 16 de diciembre, es decir, 10 días naturales desde su publicación, el día 7 de diciembre en el tablón de anuncio de este Ayuntamiento y pagina web
    Todos los datos consignados en la solicitud y declaración responsable, así como los originales de la documentación aportada podrán ser requeridos por el Ayuntamiento en el momento de formalización del contrato.
    Terminado el plazo de presentación de instancia se publicará la lista de admitidos y excluidos, a efectos de reclamaciones o alegaciones.
    Una vez resueltas si las hubiera se publicará la lista definitiva.
    SEXTA.- ÓRGANO DE SELECCIÓN.
    El Órgano de Selección lo conformará una Comisión de Selección, cuya composición estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
    Estará compuesto por un Presidente, un vocal y un Secretario.
    Su composición y la fecha de baremarían de las solicitudes, será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de.
    El Tribunal seleccionador no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas.
    SÉPTIMO. SISTEMA DE SELECCIÓN. MÉRITOS
    Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la Base Tercera, y hayan presentado la solicitud y documentación requerida en el plazo establecido.
    El procedimiento de selección de los aspirantes se realizará mediante concurso en el que se valorarán los méritos que acredite cada aspirante.
    Valoración de MÉRITOS
    Demanda de empleo
    Por cada mes que figure como demandante de empleo 0.10/mes, hasta un máximo 10 puntos.
    Relación laboral con el Ayuntamiento
    Si no ha sido contratado/a por este Ayuntamiento con contrato igual o superior a seis meses durante los dos últimos años ………………………………………………. 2,00 puntos
    Para ser valorados los méritos alegados en cada uno de los apartados anteriores el solicitante deberá adjuntar a la instancia:
    a) Certificado del SEXPE en el que conste los periodos de inscripción y la antigüedad acumulada en la demanda, Tarjeta de Demanda de Empleo y Vida laboral actualizada a con fecha posterior a la aprobación de las bases.
    b) Fotocopia de la titulación académica.
    c) Certificado acreditativa de no percibir prestaciones, subsidio ayudas o pensiones. O declaración jurada al respecto.
    OCTAVA. RELACIÓN DE SELECCIONADOS
    Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicara en el tablón de anuncios del Ayuntamiento relación de todos los aspirantes con la puntuación obtenida por cada uno.
    En caso de empate se resolverá dado preferencia a quién mayor puntuación haya obtenido en los siguiente apartados y por el siguiente orden.
    1. Mayor puntuación por demanda de empleo.
    NOVENA. CONTRATACIÓN
    Finalizado el plazo de selección se elevará al Presidente de la Corporación la propuesta de contratación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato. La propuesta del Tribunal calificador será vinculante para la Administración, sin perjuicio de que ésta pueda proceder a su revisión en los supuestos y en la forma prevista en la normativa vigente.
    DÉCIMA. INCIDENCIAS
    1.-La aprobación de las Bases de la Convocatoria ay los actos administrativos que se sucedan podrán ser recurridos por los interesados en los casos y formas previstas en la Ley 39/2015 e 1 de octubre.
    2.- Para lo no previsto en estas Bases o en aquello que las contradiga, será de aplicación la Ley 7/1985 de 2 de abril, R.D.L. 781/1989 de 18 de julio y R.D. 896/1991 de 7 de junio.

    En, Cañamero a 07 de diciembre de 2017.
    EL ALCALDE-PRESIDENTE

    Fdo Felipe Cerro Audije