• 2019-04-04 12:40:19
    Info General

    PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS MEDIANTE CONTRATO MENOR PARA LA INSTALACIÓN DE BARRA BAR EN PLAZA VIEJA DURANTE LA CELEBRACIÓN MERCADO MEDIEVAL EN CAÑAMERO 2019.-

    PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

    Es objeto del contrato la adjudicación mediante contrato menor la prestación del servicios de Barra Bar en el Mercadillo Medieval, que se celebrara los días 04 y 5 mayo de 2019, a instalar en la Plaza Vieja con un único criterio de adjudicación, la proposición económica de mayor cuantía.

    SEGUNDA.- DURACIÓN DEL CONTRATO.

    El contrato tendrá una duración que comprende los días 04 y 5 de mayo de 2019

    TERCERA.- IMPORTE DEL CONTRATO.

    Se fija en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250.00€) El precio podrá ser mejorado al alza. El pago del contrato se efectuará en el momento de la firma del contrato mediante talón conformado o transferencia a nombre del Ayuntamiento de Cañamero.

    CUARTA. PRESENTACIÓN PROPOSICIONES.

    Los interesados podrán presentar proposiciones hasta el día 23 de abril de 2019 a las 14:00 horas, debiendo estar físicamente en las oficinas municipales del Ayuntamiento, ubicadas en Plaza de España 1, en el modelo que se les facilitará.

    La que no se encuentre en dicho plazo no será admitida

    Presentarán dos sobres:

    SOBRE A: Documentación Administrativa:

    - Fotocopia compulsada DNI o NIF empresa.

    - Documentación acreditativa del poder, si se actúa en representación de otra persona, o fotocopia compulsada.

    Si es autónomo copia del alta Hacienda, o cupón de la Seguridad Social o copia de la Licencia de Apertura de Local dedicado a Bar Cafetería en Cañamero.

    - Declaración jurada de no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar, conforma al articulo 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del sector Publico de 8 de noviembre, y de estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social, Agencia Tributaria y Hacienda Local . (Se facilitará modelo declaración responsable elaborada por el Ayuntamiento).

    El adjudicatario deberá acreditar después el cumplimiento de estar al corriente en Seguridad Social y obligaciones tributarias, mediante la aportación de los Correspondientes certificados antes de formalizar el contrato. El certificado de estar al corriente con la Hacienda Local, se comprobara por el Ayuntamiento.


    SOBRE B: Proposición Económica:

    Oferta económica (en el modelo que se le facilitara), siendo el mínimo a tener en cuenta 250,00 euros, mejorable al alza, siendo el único criterio de adjudicación la mayor oferta económica.

    Cada licitador sólo podrá presentar una proposición y la presentación de la misma supone la aceptación incondicionada de la totalidad del pliego que rige esta contratación.

    Una vez presentada la proposición no puede ser retirada salvo que la proposición de retirada sea justificada y en todo caso, antes de empezar el acto de realización de apertura de proposiciones.

    La apertura de plicas se realizará el día 24 de abril de 2019 en sesión pública a las 13.30 horas, en esta Casa Consistorial.

    QUINTA.- LIMITACIONES DEL ADJUDICATARIO.

    El adjudicatario del contrato no podrá arrendar, subarrendar, ni ceder el contrato ni las instalaciones.

    SEXTA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

    Serán obligaciones del adjudicatario, además del pago del precio, las siguientes:

    a) Será responsable de la limpieza de la vía pública en que instale la Barra del Bar, durante los días del Mercadillo y a la conclusión del mismo.

    b) Presentar ante el Ayuntamiento una lista de precios de los productos que se vendan en la caseta a los efectos que por la Corporación se autoricen y visen los mismos. Los precios no podrán exceder de la media de los que sean normales en el resto de los establecimientos del ramo en de Cañamero durante 2019.

    c) Deberá mantener la Lista de precios en lugar visible y a disposición de los consumidores.
    d) Deberá contar con Libro de Reclamaciones.

    e) El adjudicatario se compromete a respetar la legislación vigente en materia de protección a los consumidores y usuarios y observará las normas establecidas por la Junta de Extremadura para la prevención de riesgos sanitarios.

    f) Deberá dispensar bebidas debidamente embotelladas y de marcas conocidas y habituales en el mercado.

    g) Abrir como máximo el bar en los siguientes horarios desde las 10.30 hasta las 02.00 horas de la madrugada del día 05 de mayo de 2.019 y de 10.30 a 23.55 horas de la noch de dicho día..

    h).No podrá poner música en la Barra.

    i). El personal que preste sus servicios en la Barra del Bar, deberá ir caracterizado o vestido, de época medieval. y colocar dicha barra decorada acorde con el sentido del acto de forma medieval.


    SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.

    a) Facilitar la corriente para el suministro eléctrico a la barra.
    b) La publicidad del acto
    c) La autorización correspondiente

    OCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

    El contrato podrá ser resuelto, antes del plazo de vencimiento fijado por las causas establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y específicamente por el incumplimiento de las obligaciones que figuran en el presente Pliego.

    La resolución implicará la exigencia por el Ayuntamiento de las correspondientes indemnizaciones por los daños causados.

    DISPOSICIÓN FINAL.

    Las presentes bases han sido aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 0 4 de abril de 2019

    En lo no previsto en este Pliego se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley de Contratos del Sector Público 09/2017 de 8 de noviembre y demás disposiciones que le sean de aplicación.


    Cañamero, 04 de abril de 2019
    EL ALCALDE
    Fdo. Felipe Cerro Audije