• 2018-06-26 13:51:01
    Info General

    De conformidad con el artículo 4 de la ordenanza municipal de tenencia de perros, “los dueños de perros están obligados, en los espacios públicos urbanos, a conducir y controlar al perro con cadena o correa de un alcance máximo de dos metros, y a evitar que el perro realice sus deposiciones, salvo que éstas sean convenientemente retiradas al momento por el dueño del perro”. Las infracciones serán sancionadas con 250,00 €.
    Se solicita a los propietarios que cumplan con la citada normativa con el fin de tener convivencia cívica y más limpia en los espacios públicos que son de todos.





    Adjuntos: