• 2020-06-11 12:25:38
    Info General

    El Consorcio Montes – Alta Axarquía, formado por los Ayuntamientos de Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Almogía, Casabermeja, Colmenar, Comares, Periana, Riogordo y La Viñuela, a través de su Consejo de Administración, adoptó acuerdo de todos los Alcaldes en sesión celebrada el día 8 de mayo de 2020, con el apoyo de la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, así como la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol – Axarquía, que adoptó igualmente acuerdo en el mismo sentido de suprimir todos los actos de concurrencia pública y los servicios municipales no esenciales y legalmente no obligatorios en los respectivos municipios.

    En concordancia con ello, el Ayuntamiento de Colmenar, mediante Decreto de Alcaldía núm.: 139/2020, de fecha 26 de Mayo, resolvió lo siguiente:

    1. No celebrar ni permitir la celebración de fiestas populares, romerías, festivales o cualquier otro tipo de celebraciones o concentraciones en el Término Municipal de Colmenar, suspendiendo expresamente:
    a) Verbena de San Juan, cuya celebración estaba prevista para el sábado 27 de Junio de 2020.
    b) Festival de Música “Matagallar Rock”, cuya celebración estaba prevista para el sábado 11 de Julio de 2020.
    c) Festival de Cante Grande “Montes de Málaga”, cuya celebración estaba prevista para el sábado 25 de Julio de 2020.
    d) Feria, cuya celebración estaba prevista los días 6, 7, 8 y 9 de Agosto de 2020.
    e) Otros eventos sin fecha prevista de celebración: Semana de la Juventud, Semana del Mayor, IV Torneo 24 horas de fútbol – sala “Villa de Colmenar”, y XXI Fiesta del Mosto y la Chacina.

    2. No permitir las acampadas o cualquier otro tipo de asentamiento o concentración recreativa, comercial o lúdica en el dominio público municipal de Colmenar, suspendiendo expresamente: el Mercadillo Municipal de los jueves y el Campamento de Verano.

    3. Suspender toda actividad deportiva que signifique concurrencia de personas, a tal efecto no se abrirá al público la Piscina Municipal, ni las demás instalaciones y servicios deportivos municipales.

    4. Suspender o restringir la prestación de otros servicios no obligatorios, no abriendo al público: la Biblioteca Municipal, la Casa de la Cultura y otros centros socio-culturales.

    Estas medidas se mantendrán mientras permanezca la pandemia producida por el COVID-19 y condicionando siempre su estado y situación al desarrollo normativo del Estado y de la Comunidad Autónoma.

    Lo que se publica para general conocimiento.

    En Colmenar, Málaga, a fecha de firma electrónica.

    El Alcalde – Presidente,

    Fdo.: José Martín García.





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