https://www.bandomovil.com/userFiles/jv/jvovM020819131210_BANDO_FESTEJOS_TAURINOS_FIRMADO(1).pdf no esimagen BANDO FESTEJOS TAURINOS
  • 02-Agosto-2019 13:13
    Info General

    D. SATURNINO GONZALEZ MARTINEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS (Albacete).--

    HACE SABER:
    Primero.- Que para garantizar el mejor desarrollo de los FESTEJOS TAURINOS (Encierros y Sueltas) que se celebrarán los días 9, 10 y 11 de Agosto de 2019, se tendrá a cuenta la siguiente Normativa reguladora en esta materia en Castilla-La Mancha:
    - Decreto 87/1998, de 28 de Julio, de la Consejería de Administraciones Públicas, por el que se aprueba
    - Modificación mediante Decreto 38/2013, de 11 de julio, en redacción dada en Decreto 60/2016 de 11 de octubre.
    - Ordenanza Municipal Reguladora aprobada en el Pleno de 27 de Abril de 2017 y publicada en BOP número 72 de fecha 26/06/2017.

    Segundo.- A modo resumen aclaratorio, se el artículo 4 de la Ordenanza considera PARTICIPANTE a toda persona que de una forma directa se sitúe en el interior de los recintos definidos como zona de corrales, zona de suelto o itinerario, zona de espectadores y zona de finalización, a los cuales pueden acceder de forma normal las reses en su recorrido, así como todos aquellos que desde cualquiera otra del exterior de dichas zonas realicen o efectúen alguna acción que suponga acercamiento de las reses.

    Tercero.- NO SE PERMITIRA la participación de menores de 16 años, salvo alumnos acreditados de cualquier escuela taurino y autorizados por la persona responsable de su formación, siempre con edad superior a 14 años que, con carácter previo deberán solicitar su participación al Presidente.

    Cuarto.- Se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 5.3 de la Ordenanza y, especialmente lo siguiente:
    a) NINGUNA PERSONA está obligada a ser participante directo de cualquier festejo que se celebre, por lo que hacerlo directamente o como jinete constituye un riesgo que, cualquiera que decida participar, se ha impuesto libremente, siendo por tanto de su responsabilidad lo que pudiera ocurrirle tanto en la zona de corrales, de suelta, de espectadores o de finalización.
    b) Queda terminantemente prohibido recortar a los astados integrantes de la manada, así como que todo vehículo a motor acose a las reses y se desvíe de las rutas propias para su circulación. Los caballistas que no pertenezcan a la organización deberán transitar por detrás de los astados, desde la salida de las reses en el corral. Para garantizar el cumplimiento de esta norma, se designarán vehículos por la organización municipal, que llevarán distintivo de identificación, los cuales adoptarán las medidas convenientes encaminadas a su aplicación.
    c) Se prohíbe a los jinetes y participantes en los encierros que acosen a los astados, debiendo guardar una distancia prudencial de los mismos, atendiendo en todo caso a las indicaciones de los miembros de la organización.
    d) Se considera prohibido el estacionamiento de vehículos por los recorridos habituales del encierro desde una hora antes a la prevista para su celebración y hasta una hora después de su terminación.
    e) Queda prohibido expresamente, en cualquier espectáculo taurino popular que se celebre en el término municipal de Socovos, herir, pinchar, golpear o tratar cruelmente a las reses.
    f) Se prohíbe el manejo de las barreras que son instaladas temporalmente para evitar la huida de las reses y/o permitir que se protejan los participantes directos, salvo por personal de la organización debidamente autorizado por el Presidente del Festejo.
    g) No se permitirá la participación en los espectáculos de personas que presenten síntomas de embriaguez, de intoxicación por cualquier tipo de drogas o sustancias estupefacientes o de enajenación mental, así como personas que porten botellas, vasos o cualquier instrumento con el que se pueda causar malos tratos a las reses, o cuyas condiciones físicas no hagan aconsejable su participación en el festejo. Es obligación de todos los participantes hacerlos salir del recinto o, en su caso, comunicarlo a los voluntarios, que estarán debidamente identificados, para que los hagan salir.

    Quinto.- SE PROHIBE el estacionamiento en las vías públicas debidamente señaladas para garantizar la posible evacuación de heridos con ambulancia, siendo retirado, en su caso, por Policía Local, Guardia Civil o medios de la organización y además de la correspondiente sanción el titular será responsable de los posibles daños.

    Sexto- SE RUEGA A TODOS LOS PARTICIPANTES Y VISITANTES ADOPTEN LAS MEDIDAS DE PRECAUCION CORRESPONDIENTES, ASI COMO LA MAXIMA COLABORACION CON LA ORGANIZACION PARA CONSEGUIR UNOS FESTEJOS CON LA MAYOR SEGURIDAD Y QUE NOS PERMITAN DISFRUTAR DE LOS MISMOS.

    Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

    Socovos, 26 de Julio de 2019





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