https://www.bandomovil.com/userFiles/6r/6rsYV180620192816_BANDO_MERCADILLOS_SOCOVOS_FASE__3_-_.PDF no esimagen BANDO MERCADILLOS SEMANALES FASE 3
  • 18-Junio-2020 21:28
    Mercados y Mercadillos al aire

    BANDO

    DON SATURNINO GONZALEZ MARTINEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SOCOVOS (ALBACETE), en virtud de las atribuciones que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y puntos 8, 13, 24 y 27 del artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. ----------------------------------------------------------------------------


    MERCADOS SEMANALES III

    HACE SABER:

    Que como consecuencia de la entrada de nuestra provincia en la Fase 2 de la desescalada, y por tanto de nuestro municipio, y conforme a la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en cuya fase se permite ampliar a 1/3 los puestos, esta Alcaldía viene en dictar el siguiente BANDO :

    Primero.- Se MODIFICA la autorización de la reapertura de los mercados semanales de Socovos (Viernes), de acuerdo a las siguientes condiciones:

    1.- A partir del 19 de Junio de 2020, se permitirá el ejercicio de venta ambulante para todos los puestos con licencia concedida con anterioridad al estado de alarma en el mercadillo de Socovos que tiene lugar los viernes.

    2.- De conformidad con el artículo 6.1.4 de la Ordenanza, se acuerda habilitar, por razones de superficie exigida por la Orden Ministerial SND/458/2020, en el mercadillo del Viernes, en Socovos, el espacio habitual antes de la declaración de alarma, correspondiente a la Plaza del Doctor Fuster, así como la ampliación comprendida en la Plaza existente entre las Calles Quevedo, Majadar y Avenida de la Paz, hasta la esquina del edificio donde está situado el Supermercado Dia.

    3. Se tendrán en cuenta las medidas establecidas para la Fase 3, que son las siguientes:
    - Limitar la afluencia de clientes, asegurando la distancia social de 2 metros. Será obligatoria la mascarilla cuando no se pueda garantizar dicha distancia.
    - Impedir la manipulación de productos por los clientes.
    - Todas aquellas que la normativa obliga a los titulares de los puestos de venta.

    4.- QUEDA PROHIBIDO EL ESTACIONAMIENTO en el espacio comprendido en la Plaza existente entre las Calles Quevedo, Majadar y Avenida de la Paz, hasta la esquina del edificio donde está situado el Supermercado Dia, desde las 5:00 horas y hasta las 15:00 horas de los viernes, día de mercado.

    6.- Se aprueba un protocolo que se adjunta al presente Bando, por el cual se regirá el funcionamiento de cualquiera de los mercados semanales autorizados en la Ordenanza Reguladora de la Venta ambulante en el municipio de Socovos.

    7.- Lo establecido en este Bando viene a modificar cualquier otro que pudiera haberse dictado anteriormente, manteniéndose vigentes el resto de las condiciones que no se contemplen en éste.


    En Socovos, a fecha de firma electrónica

    El Alcalde. Fdo: Saturnino González Martínez







    Adjuntos: