• 2020-04-21 18:25:23
    Cultura

    Desde Epremasa, nos informan que se procederá a la reducción del importe de la tarifa de la prestación patrimonial pública no tributaria de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas o profesionales suspendidas por la declaración del estado de alarma con arreglo al artículo 10 del real decreto 463/2020 de 14 de marzo, bajo los siguientes condicionantes:

    1.- Sólo se aplicará a las actividades económicas de los municipios donde Epremasa presta el
    servicio de gestión integral de residuos domésticos (gird).

    2.- La reducción se aplicará sólo a actividades económicas, pero no a todas, sino sólo a las que han visto suspendidas su apertura pública.

    3.-Las actividades económicas, beneficiarias de esta reducción, podrán realizar diferentes actuaciones (si quieren saber cómo realizarlas llamen a los teléfonos de contacto que os dejamos al pie de esta nota)

    4.- La reducción en la tarifa de la que se beneficiará cada actividad económica afectada, será la resultante de restar al importe anual que se ha girado, la cantidad prorrateada correspondiente al período de tiempo en que dicha actividad ha estado suspendida por imperativo legal.

    Para cualquier otra cuestión o consulta al respecto, pueden ponerse en contacto a través de los siguientes medios:

    -Utilizando la opción de la tramitación electrónica correspondiente a través de nuestra página web (www.epremasa.es), al cual podrá acceder a través del siguiente enlace: https://sede.eprinsa.es/epremasa/tramites
    - Realizando su consulta a través de los siguientes correos electrónicos: tplazuelo@epremasa.es, o mipriego@epremasa.es.
    - Llamando al teléfono: 900 31 41 55 (de 9:00 a 14:00 horas).




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