• 2026-05-27 14:14:11
    Info General


    Aprobadas las condiciones de pesca con caña en la Charca Municipal “LA LAGUNA” para la temporada 2026, mediante Resolución de Alcaldía, se hace saber:

     

    CONDICIONES DE PESCA CON CAÑA EN LA CHARCA MUNICIPAL “LA LAGUNA” TEMPORADA 2026.




    PRIMERA.- La temporada hábil de pesca comenzará el día 30 de Mayo y finalizará el día 30 de noviembre de 2026.

     

    SEGUNDA.- Se podrá pescar los sábados, domingos y festivos, con el límite máximo de 10 capturas diarias.

                En el mes de agosto, del 1 al 15, se podrá pescar todos los días.

     

    TERCERA.- Con los permisos autorizados en este condicionado se podrá pescar en la charca La Laguna  de esta localidad.

     

    CUARTA.-

    1.      Autorizaciones para vecinos:

     

    a)      Permisos diarios a razón de CUATRO (4) EUROS, por cada día de pesca.

     

    2.      Autorizaciones para residentes:

     

    a)      Permisos diarios a razón de CINCO (5) EUROS, por cada día de pesca.

     

    3.      Autorizaciones para hijos del pueblo:

     

    a)      Permisos diarios a razón de OCHO (8) EUROS, por cada día de pesca.

     

    4.      Los forasteros:

     

    a)      Permisos diarios a razón de NUEVE (9) EUROS, por cada día de pesca.

     

    QUINTA.- Los permisos máximos diarios a expedir para cada categoría y día se determinará por la Alcaldía en consideración de las circunstancias siguientes: aforo de la charca, capacidad de la charca y afluencia de emigrantes residentes en la localidad.

     

    SEXTA.- Las autorizaciones se expedirán en el bar de la piscina municipal (Bar el pueblo), en el día hábil inmediatamente anterior a la fecha en la que se desee pescar.

     

    SÉPTIMA.- La jornada comenzará a las 7:00 horas y finalizará a las 14:00 horas.

     

    OCTAVA.- Se autoriza a pescar con DOS cañas.

     

    NOVENA.- Prohibiciones.

     

    a)      Cebar los puestos.

    b)      Utilizar bancos de madera.

    c)      Los ejemplares de menos de 15 cm. deberán ser devueltos al agua.

    d)      Los ejemplares de más de 15 cm. no pueden ser devueltos al agua una vez capturados.

    e)      Utilizar anzuelos de más de un gancho (poteras).

    f)       Los puestos de pesca deberán quedar limpios de cualquier resto o basuras, una vez terminada la jornada de pesca.

     

    DÉCIMA.- De organizarse el Concurso de Pesca, sólo podrán pescar en la charca destinada a tal evento los participantes en el mismo.

     

    UNDÉCIMA.- El Alcalde-Presidente designará la autoridad municipal o Guarda de las charcas municipales, que será la máxima autoridad en representación de este Ayuntamiento.

    Los pescadores que hayan sido autorizados a pescar con cañas en las charcas municipales, respetarán sus requerimientos y sus peticiones de identificación, los que se negaren a ello, serán inmediatamente suspendidos de su permiso de pesca, iniciándose procedimiento administrativo que podrán culminar con la retira definitiva del permiso e imposibilidad de sacar nueva autorización durante la temporada.

                Para las faltas graves a su autoridad se procederá a dar conocimiento de la Guardia Civil para inicio del atestado correspondiente.

     

    DUODÉCIMA.- Sanciones.

     

    Las infracciones a las presentes normas serán debidamente sancionadas y podrán oscilar entre la retirada temporal de los permisos o bonos para las faltas leves; hasta la retirada total de permisos y bonos por el resto de temporada.

     

    DECIMOTERCERA.- El Ayuntamiento practicará la pesca con redes en el mes de Agosto y en los demás meses, cuando lo estime conveniente o necesario.

     

    DECIMOCUARTA.- Para lo no establecido en estas condiciones, se regirá por la Ley de Pesca en Extremadura y demás normas competentes. Las dudas o interpretaciones sobre este condicionado las resolverá la Alcaldía mediante Decreto.

     

    DECIMOQUINTA.- A los efectos de estas Condiciones, se entenderá por: “hijo del pueblo”, la persona natural de la localidad y sus descendientes por consanguinidad directa hasta el 1º. Grado.

     LAS AUTORIZACIONES SE EXPEDIRÁN EN EL BAR, EN HORARIO DE 16:00H - 23:00H