• 2025-05-30 10:49:42
    Info General


    Resulta necesario como fase del procedimiento de declaración de ruina comunicar la
    instrucción del expediente que se tramita a los titulares de derechos o intereses
    legítimos. Se ha interesado nota simple al Registro de la Propiedad en la que figuran
    como titulares en pleno dominio: doña Remedios Argente Jiménez, doña Isabel Argente
    Jiménez, doña Isabel Cebrián Argente y doña Rosario Vidal Legua. En el Catastro
    Inmobiliario figura la titularidad de este inmueble a nombre de «herederos de Argente
    Jiménez Remedios».
    No se tienen datos de las titulares supraescritas.
    En aplicación del art. 44.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
    Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su publicación en
    el BOE, al ser desconocidos los interesados en el procedimiento
    Se concede un plazo de diez días desde el siguiente al de la publicación de este
    anuncio en el Boletín Oficial de Estado, para que los interesados puedan alegar lo que
    estimen conveniente y comparecer en el expediente.