• 2026-07-31 19:19:45
    Subvenciones y ayudas

    Ayudas para favorecer el mantenimiento del empleo en los concejos en riesgo de despoblamiento del Principado de Asturias de aquellas personas inscritas y en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia (RETA) o como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (REMAR).

    BENEFICIARIOS:

    Autónomos/as en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social (RETA y REMAR) durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, habiendo permanecido en dicha situación de forma ininterrumpida durante dicho período, sin haber causado baja en el mismo. Asimismo, las personas solicitantes deberán encontrarse en situación de alta en el RETA o REMAR y tener el domicilio fiscal en alguno de los concejos en riesgo de despoblamiento a la fecha de presentación de la solicitud. Cuando se trate de trabajadores inscritos y en alta en el RETA o como trabajador por cuenta propia en el REMAR como miembros de una comunidad de bienes o de una sociedad mercantil capitalista, el requisito deberá ser cumplido por la comunidad de bienes o sociedad mercantil capitalista de la que formen parte.

    Se entenderá por concejos en riesgo de despoblamiento aquellos concejos así clasificados según lo dispuesto en el Decreto 83/2025, de 23 de junio, por el que establece la zonificación demográfica y se regula el Indicador Sintético de Estado Demográfico del Principado de Asturias, entre los que figura Villanueva de Oscos.

    Todos los requisitos exigidos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de resolución definitiva del procedimiento, incluida la resolución de las reclamaciones administrativas que, en su caso, pudieran presentarse.

    PLAZO DE SOLICITUD: del lunes 3 al viernes 21 de agosto de 2026, ambos incluidos.

    TIPO DE SUBVENCIÓN Y CUANTÍA: la concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva y tendrá en cuenta criterios objetivos que priorizan el relevo generacional, la igualdad y la capacidad de generar empleo. Así, se valorará la juventud de la persona solicitante, el hecho de ser mujer y los puestos de trabajo que se creen. Según la puntuación obtenida, las ayudas serán de:

     - 1.200 euros para quienes no obtengan puntuación (0 puntos).
     - 1.600 euros para quienes alcancen entre 10 y 30 puntos.
     - 2.200 euros para quienes obtengan de 31 a 70 puntos. 
     - 2.600 euros para una valoración de entre 71 y 100 puntos.

    La cuantía de la subvención a conceder a cada persona beneficiaria se determinará en función de la puntuación obtenida en aplicación de los siguientes criterios de valoración:

    a) Juventud (hasta 40 puntos): Se valorará la edad de la persona solicitante en la fecha de presentación de la solicitud.
    — Edad menor o igual de 30 años: 40 puntos.
    — Edad entre 30 y 40 años: 20 puntos.
    — Edad mayor de 40 años: 0 puntos.

    b) Mujer autónoma (hasta 30 puntos).
    — Mujer autónoma: 30 puntos.
    — Hombre autónomo: 0 puntos.


    c) Trabajadores contratados (hasta 30 puntos): Se valorará la plantilla media contratada durante el año 2025.
    — 1 o más trabajadores y menos de 2: 10 puntos.
    — 2 o más trabajadores y menos de 3: 20 puntos.
    — 3 o más trabajadores: 30 puntos.


    INFORMACIÓN ADICIONAL: las personas beneficiarias tendrán entre otras obligaciones, la de mantener el alta en el RETA o como trabajador por cuenta propia en el REMAR, así como el domicilio fiscal en alguno de los concejos en riesgo de despoblamiento del Principado de Asturias, durante el periodo de 12 meses consecutivos, a contar desde la fecha de concesión de la ayuda.

    DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
     - Ficha de Acreedores correctamente cumplimentada. Se recuerda uso obligatorio de modelo normalizado. Sólo en el caso de no disponer de una cuenta validada en el sistema económico financiero del Principado de Asturias o solicitar alta de una nueva.
     - Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud

    En caso de que te opongas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o que los documentos pertinentes no hayan sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitarás además otra documentación.

    En el caso de comunidades de bienes o sociedades mercantiles capitalistas:
     - Tarjeta de identificación fiscal de la persona o entidad solicitante.
     - Escritura pública de constitución de la Sociedad y modificaciones posteriores.
     - Estatutos vigentes e Inscripción en el Registro Mercantil o acuerdo privado de constitución.

    MÁS INFORMACIÓN EN:

    BOPA 31/07/2026 EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2026, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se convocan ayudas a los autónomos/as rurales ubicados en concejos en riesgo de despoblamiento del Principado de Asturias para el ejercicio 2026

    BOPA 17/06/2026 BASES REGULADORAS Orden PRDIT/4/2026, de 10 de junio, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los autónomos/as rurales ubicados en concejos en riesgo de despoblamiento del Principado de Asturias

    Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario electrónico específico con el código de solicitud AYUD0578T01 disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias

    Si necesitas ayuda con la solicitud acércate al Telecentro de Villanueva de Oscos o llámanos 985621326.