-
Subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B2026-10-01 11:42:00Info General
Subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B dirigido a jóvenes de Castilla y León
La Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a los jóvenes de Castilla y León.
Plazo de solicitud: Desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027
Lugar y Forma de presentación: En el siguiente enlace, desde el apartado Tramitación electrónica:
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285684640457/Propuesta
Presentación de manera presencial:
Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP). Como por ejemplo en el Registro del Ayuntamiento de Villarramiel
Electrónico: a través de certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, etc, si se dispone de ellos.
Beneficiarios: Personas físicas que reúnan los siguiente requisitos.
Tener una edad mínima de 18 años y, como máximo, cumplir 30 años dentro del presente año.
Residir y estar empadronadas en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León con al menos cinco años de antelación al momento de la obtención del permiso de conducción.
Obtener el permiso de conducción de la clase B dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026; habiendo realizado la formación, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León.
Las personas que resulten beneficiarias de estas subvenciones deberán mantener su empadronamiento en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León durante al menos tres años, ininterrumpidamente, después de la fecha de la presentación de la solicitud de la subvención.
Gastos subvencionables:
a) Matrícula; clases teóricas y clases prácticas, siempre que la formación se realice, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León. A estos efectos, se considera también subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido que haya abonado directamente la persona beneficiaria y no sea susceptible de recuperación o compensación.
b) Derechos de examen y tasas de tráfico para la tramitación del permiso de conducción, incluida la renovación de tasas.
En todo caso, los gastos subvencionables deben cumplir los siguientes REQUISITOS:
a) Deben estar referidos a la obtención de un permiso de conducción de la clase B, dentro del periodo subvencionable, es decir, entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
b) Deben estar efectivamente pagados en el momento de presentar la solicitud de subvención.
No se consideran subvencionables los gastos derivados de pruebas médicas y psicotécnicas, ni otros posibles gastos de gestión y tramitación para la presentación de la solicitud de esta subvención.
Cuantía:
La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 900,00 euros.
La cuantía individualizada de la subvención se calculará según los siguientes tramos:
a) Renta de la unidad de convivencia menor a 1,5 veces IPREM: hasta 900 €.
b) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 1,5 veces y menor a 2,5 veces el IPREM: hasta 750 €.
c) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 2,5 veces y menor a 3,5 veces el IPREM: hasta 600 €.
d) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: hasta 450 €.
Documentos a adjuntar:
Solicitud, en modelo normalizado, que incluirá declaraciones responsables relativas a diferentes extremos, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a aportar junto a la solicitud.
a) Los documentos justificativos de los gastos subvencionables realizados y de su correspondiente pago - facturas autoescuela, autoliquidación tasas tráfico (modelo
791), justificantes transferencias bancarias, etcétera -.
b) El certificado de titularidad de la cuenta bancaria en donde, en su caso, se procederá a efectuar el pago material de la subvención.
c) Una declaración responsable y autorización de consulta de datos de cada miembro integrante de la unidad de convivencia de la que forme parte la persona solicitante de subvención, que se cumplimentará conforme al modelo normalizado establecido como Anexo I de la orden de convocatoria y que está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Plazo de resolución:6 MESES contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado la resolución se entenderá DENEGADA por silencio administrativo.
Compatibilidad: Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad reciba el beneficiario siempre que el importe total subvencionado en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.
Se adjunta convocatoria