• 2026-10-01 12:04:34
    Educación


    Ayudas al alumnado que realice su primera matrícula de primer curso de grado universitario en la Comunidad de Castilla y León (Curso Académico 2026/2027)

    La Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al alumnado que realice su primera matrícula de primer curso de grado universitario, en una universidad pública de la Comunidad de Castilla y León, en el curso académico 2026/2027.

    PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 22 de septiembre de 2026 hasta el 21 de octubre de 2026

    Lugar y Forma de presentación: En el siguiente enlace, desde el apartado Tramitación electrónica:

    https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285680897587/Propuesta

    Presentación de manera presencial: 

    Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.

    En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP). 

    Electrónico: a través de certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, etc, si se dispone de ellos.

    Beneficiarios: 

    Alumnos matriculados en el primer curso de grado en una universidad pública de Castilla y León durante el curso 2026-2027.

    Requisitos:

    1. Formalizar y pagar una matrícula en una universidad  pública de Castilla y León que cumpla las siguientes condiciones: 

    a) Que se trate de la matrícula por la que se acceda por primera vez a cursar estudios universitarios oficiales. No serán subvencionables las matrículas de aquel alumnado que ya hubiera iniciado estudios universitarios, esté cursando o haya cursado estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos oficiales impartidos por las universidades.

    b) Que se trate de la matrícula de primer curso de grado o en su caso, de primer curso de alguna modalidad de doble grado. No tendrá la consideración de actividad subvencionable la mera formalización de la matrícula cuando no se abone cantidad alguna del precio público por la prestación de servicios académicos de la correspondiente matrícula, por tratarse de alumnado que es beneficiario de subvención o bonificación que suponga la exención íntegra de dicho precio.

    2. Estar empadronado en un municipio de Castilla y León.

    3. No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuantía:

    La cuantía de la ayuda será como máximo equivalente al importe efectivamente abonado por el precio público por prestación de servicios académicos de la matrícula formalizada en las condiciones exigidas.

    En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el importe resultante de la aplicación del decreto por el que se fijan los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios.

    En los supuestos en los que el alumnado tenga la condición de estudiante a tiempo parcial, o por concesión de una subvención o aplicación de una bonificación parcial, la cuantía máxima será equivalente al importe satisfecho de la matrícula formalizada.

    Documentación a presentar: 

    La solicitud se cumplimentará mediante el formulario ACCESIBLE A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA, deberá presentarse una única solicitud, en caso de registrarse varias, se tendrá en cuenta la última formalizada dentro del plazo.

    Las personas solicitantes de las ayudas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la administración, y esta podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. Cuando las personas solicitantes manifiesten expresamente su oposición a dicha consulta, deberán acompañar, junto con la solicitud: Copia del DNI/NIE, certificado expedido por la universidad pública correspondiente en el que conste la formalización y pago de la matrícula realizada, certificado de empadronamiento en un municipio de Castilla y León y certificado expedido por la universidad pública correspondiente en el que conste de la nota obtenida en la calificación de acceso al grado universitario.

    Plazo de resolución:

    El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.

    Compatibilidad de las ayudas
    Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

    Se adjunta convocatoria completa