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TOROS DE FUEGO2025-07-14 08:48:54Cultura
BANDO
La Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento
HACE SABER
Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 243/2000, se hacen las siguientes recomendaciones y normas de comportamiento con respecto a los ESPECTÁCULOS DE TOROS DE FUEGO, que este año será el día 19 de julio en las Fiestas de Sta. Mª Magdalena.
1.- Se delimita como espacio para correr los Toros de Fuego, la siguiente zona:
C/ Maestro Antonio Pérez, C/ La Estrella esquina con C/ Pino, C/ La Flor hasta esquina con C/ Córdoba, C/ Ramón y Cajal y C/ Nueva Azucena.
2.- Se prohíbe el aparcamiento de vehículos dentro de la zona delimitada en los horarios establecidos desde 30 minutos antes del comienzo de la sesión de la quema de Toros de Fuego y hasta el final de la misma.
3.- El Ayuntamiento no asume responsabilidad alguna sobre los posibles accidentes que puedan sufrir las personas que permanezcan en la zona delimitada desde 15 minutos antes del comienzo de la sesión de quema de Toros de Fuego o hasta el final de la misma.
4.- Los vecinos o propietarios de inmuebles situados dentro de la zona delimitada deberán adoptar las medidas oportunas para evitar accidentes y daños en sus propiedades.
5.- Queda prohibido salir con Toros de Fuego fuera de la zona delimitada y lanzar cohetes propios antes ni durante la celebración de los Toros de Fuego, ni terminada la sesión. Las personas que incumplan este punto serán sancionadas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
6.- Ante cualquier incidencia o accidente, cualquier ciudadano se dirigirá a la Guardia Civil o a los voluntarios de Protección Civil que permanezcan de servicio.
En Villasequilla, julio de 2025
LA ALCALDESA,
Fdo.: Dña. Elena Fernández Díaz.