09-Octubre-2023 11:29
Adjuntamos condicionado con las medidas a cumplir para las quemas agrícolas de restos vegetales de origen agrícola o forestal, hay que cumplir las medidas que se especifican.
Desde el 1 de octubre hasta el próximo 31 de mayo se podrá quemar los restos vegetales de origen agrícola, sin necesidad de autorización ni notificación, cumpliendo las condiciones de anexo I adjunto sobre Instrucciones de Quema de Restos Vegetales. Se debe comprobar el Índice de Propagación Potencial de Incendio Forestal (IPP), para que el dia de quema previsto no sea EXTREMO O MUY ALTO (Con este índice estaría totalmente prohibido quemar)
Consulta IPP diario: http://pagina.jccm.es/agricul/pdf/fidias-geacam/riesgo.pdf
La quema de Restos Vegetales de origen Forestal: Requieren de autorización (Solicitud modelo Código SIAC: SJW9 www.jccm.es/tramites/1002938)