02-Abril-2025 11:05
馃摙 CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ADECUACI脫N FUNCIONAL DE VIVIENDA 馃彙
馃憠 La Diputaci贸n de M谩laga ha abierto el plazo para #solicitar ayudas destinadas a la adecuaci贸n funcional de viviendas. Si necesitas adaptar tu hogar para mejorar la accesibilidad y calidad de vida, 隆esta es tu oportunidad!
馃棑 Plazo de solicitud: del 2 de abril al 1 de mayo de 2025
馃洜 Periodo de obras: del 1 de julio de 2025 al 31 de marzo de 2026
- PERSONAS BENEFICIARIAS:
Con car谩cter general, podr谩n ser personas beneficiaras de estas ayudas los discapacitados o mayores de 65 a帽os, en los que concurran las siguientes circunstancias:
a) Es necesario que el beneficiario est茅 empadronado en un municipio menor de 20.000 habitantes con un a帽o de antelaci贸n al de la fecha de publicaci贸n de la convocatoria de las presentes ayudas.
b) La vivienda objeto de la adecuaci贸n debe ser coincidente con la de empadronamiento y constituir谩 su vivienda habitual y permanente de la persona solicitante y, en su caso, de la unidad familiar.
- REQUISITOS ECON脫MICOS:
La renta anual de la unidad familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad no deber谩 ser superior a 25.000 euros. Se tendr谩 en cuenta la renta del ejercicio 2023.
- GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las ayudas ir谩n destinadas a sufragar los siguientes gastos, debiendo valorarse la adecuaci贸n de la vivienda mediante el correspondiente presupuesto o factura proforma:
1. Gastos derivados de la licencia de obras y tributos asociados a 茅stas.
2. En los cuartos de ba帽o, cambio de las ba帽eras por platos de ducha, instalaci贸n de suelo.
3. antideslizante, instalaci贸n de apoyos y asideros y adecuaci贸n de los sanitarios y grifer铆a.
4. Colocaci贸n de pasamanos en pasillos.
5. Mejoras en la seguridad y adaptaci贸n de la instalaci贸n el茅ctrica, gas y fontaner铆a a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.
6. Adecuaci贸n del ancho de puerta y/o eliminaci贸n de barreras arquitect贸nicas, incluyendo la colocaci贸n de plataforma salva-escaleras.
7. Adaptaci贸n de cocina y mobiliario.
8. As铆 como cualquier otra obra cuya realizaci贸n se justifique para una adecuaci贸n eficaz de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante
- CUANT脥A DE LA AYUDA:
La cuant铆a de la ayuda ser谩 del 100 % de los gastos subvencionables, hasta un m谩ximo de 4.000 euros, y en caso de ser superior el coste de la actuaci贸n a desarrollar, ser谩 sufragado por la persona beneficiaria, siendo aplicable lo dispuesto en el art铆culo 32.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se regula el reglamento que desarrolla la Ley General de Subvenciones.
馃憠 Para m谩s informaci贸n sobre requisitos y procedimiento de solicitud, acude al ayuntamiento.