28-Agosto-2025 10:41
La Junta de Extremadura, a través de Presidencia, ha aprobado el DECRETO 87/2025, de 29 de julio, para ofrecer ayudas económicas que promuevan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Dirigidas a Trabajadores Autónomos y PYMES.
¿Cuál es el objetivo?
Fomentar un mejor equilibrio entre las responsabilidades familiares, personales y laborales, armonizándolas con las necesidades de las empresas, y contribuir a reducir las desigualdades de género.
¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
• Personas trabajadoras autónomas.
• Pequeñas y medianas empresas (PYMES), incluyendo sociedades civiles con personalidad jurídica.
Requisitos clave de los beneficiarios:
• Tener entre 1 y 250 trabajadores contratados.
• Tener al menos un centro de trabajo en Extremadura y ejercer la actividad en la Comunidad Autónoma.
• Estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
• Cumplir con los límites de las ayudas de mínimis.
¿Qué se subvenciona?
Dos líneas de actuación, con acuerdos formalizados por un periodo no inferior a un año:
1. Formalización de acuerdos de teletrabajo: Requiere un mínimo del 30% de la jornada semanal en teletrabajo.
2. Formalización de acuerdos de flexibilidad horaria: Incluye diversas medidas como horario fijo-variable, flexible flotante, libre, escalonado, semana comprimida o banco de horas.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
• 2.500 euros por trabajador/a con acuerdo de teletrabajo o flexibilidad horaria.
• Límite máximo por empresa: 10.000 € por convocatoria.
• Este límite se puede incrementar en 1.000 € adicionales si la tasa de ocupación femenina de la empresa es al menos igual a la masculina.
• Solo se puede solicitar ayuda para una de las dos líneas por cada trabajador/a.
Plazos y formalización solicitudes:
• Plazo de presentación: Desde el día siguiente de su publicación en el DOE hasta el 15 de noviembre de 2025.
• Procedimiento: Concesión directa por orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar el presupuesto.
• Presentación de solicitudes:
◦ Personas físicas: Pueden presentarla de forma presencial o electrónica.
◦ Personas jurídicas (empresas): Obligatoriamente de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/w/0723425).
Información adicional importante:
• La financiación total para 2025 es de 1.000.000 €
• Las ayudas son incompatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad.
• Los beneficiarios deben mantener los acuerdos por un mínimo de un año. El incumplimiento puede conllevar el reintegro de la ayuda.
Teléfonos de contacto para la consulta de dudas o ampliación de la información: 924 00 81 94 y 924 00 35 96
Se adjuntan las bases de la convocatoria.