15-Enero-2026 13:17
Por el presente se pone en conocimiento de los vecinos que para que pueda ser disfrutada en el presente ejercicio la bonificación en el IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES del 25 % de la cuota íntegra para inmuebles en que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol en régimen de autoconsumo, durante CUATRO períodos impositivos correlativos, establecida en la letra B) del artículo 5º de la Ordenanza Fiscal Reguladora, deberá ser presentada la siguiente documentación adjunta al MODELO TR15, teniendo como fecha límite el último día hábil del mes de febrero:
- Acreditación de la presentación de Proyecto Técnico o Memoria Técnica.
- Certificado de instalación fotovoltaica firmado por instalador autorizado.
- Notificación del número de registro y características de la instalación fotovoltaica de la Delegación Provincial de Industria (CIE).
- Certificación de instalador autorizado del porcentaje de energía proporcionado por las nuevas instalaciones con relación a la potencia contratada con la Compañía eléctrica o documento técnico en que expresamente sea declarado lo anterior.