Conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2004, de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura, el Decreto 260/2014 (PREIFEX) y demás normativa aplicable, este Ayuntamiento de Deleitosa dispone de un Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales, cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los vecinos y titulares de terrenos.
Todos los titulares de solares, parcelas y terrenos ubicados en suelo urbano, urbanizable o en la zona periurbana deberán:
- Mantener los terrenos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
- Proceder a la limpieza de vegetación seca, matorral, pastos y residuos combustibles.
- Evitar la acumulación de restos vegetales o cualquier material inflamable.
- Garantizar el acceso a las parcelas para los servicios de emergencia.
- Queda prohibida la quema de restos vegetales sin la preceptiva autorización.
- No se permitirá la realización de actividades que puedan generar riesgo de incendio durante la época de peligro alto.
En caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores: - El Ayuntamiento podrá ejecutar los trabajos necesarios de forma subsidiaria.
- Los costes derivados serán repercutidos a los propietarios, sin perjuicio de las sanciones correspondientes.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá ser sancionado conforme a la normativa vigente en materia de incendios forestales en Extremadura.
Se establece como fecha límite para la ejecución de las actuaciones el día de 15 de junio de 2026. Se recuerda a la población que la prevención es fundamental para la protección de las personas, bienes y el entorno natural del municipio. En Deleitosa, a 10 de mayo de 2026 Fdo.: M.ª Ángeles Rebollo González Alcaldesa-Presidenta